Normativa, provisional para las elecciones municipales
Con la finalidad de llenar el vacío político y orgánico en que se encuentra actualmente la Administración local -imposibilidad de aplicar al contexto democrático actual la todavía vigente ley de Bases de Régimen Local de 1975 y pendiente todavía la elaboración de la nueva Constitución- el grupo parlamentario comunista ha presentado a la Mesa del Congreso de Diputados una proposición de ley por la que se pretende regular provisionalmente este ámbito de la legislación local.En la proposición de ley sometida a la consideración del Congreso, que consta de veinte artículos, dos disposiciones adicionales, cuatro transitorias y tres finales, se hace hincapié en que se trata, fundamentalmente, de una normativa destinada a regular provisionalmente las próximas elecciones municipales, si bien dicha normativa va acompañada de unos principios mínimos de organización destinados a que los nuevos ayuntamientos puedan actuar con competencia suficiente, sin las interferencias a que estaban sometidos por la legislación anterior. Los presupuestos básicos en los que se fundamenta toda la articulación de la proposición de ley presentada por el grupo parlamentario comunista son:
-Elección por sufragio universal, directo y secreto de los concejales que componen la Corporación municipal, de acuerdo con criterios proporcionales que garanticen fielmente la pluralidad de tendencias políticas que existen en la vida política española.
-Representatividad de las corporaciones provinciales, mediante la elección de sus miembros por todos los concejales de cada provincia.
-Democratización de los órganos municipales, articulando las competencias del pleno municipal como órgano representativo de los electores, sin mermar las funciones que corresponden a la comisión permanente cuando la hubiere y al alcalde.
El grupo parlamentario comunista entiende que la democratización plena de la vida municipal sólo será posible mediante una descentralización de las competencias, pero, dado el carácter provisional de la proposición de ley sometida a la consideración del Congreso, ha considerado más adecuado posponer la articulación de ese sistema descentralizado al momento en que se promulgue la Constitución. Por último, y con objeto de dotar a los nuevos ayuntamientos de competencias suficientes para afrontar los problemas planteados actualmente, la proposición de ley establece un sistema de créditos que hagan viable la autonomía financiera de las corporaciones locales.
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