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Normas para la sección de Información de Prensa y Radio del Estado

Por orden ministerial publicada en el Boletín Oficial del Estado de ayer, se han dado una serie de normas estructurales para el funcionamiento de la sección de información del organismo autónomo Medios de Comunicación Social del Estado -antes Prensa y Radio del Movimiento-. Según esta orden, la planificación y realización de los programas informativos que se vayan a transmitir en cadena, y la coordinación de las emisoras de radio, será tarea de la sección de información del organismo autónomo. Esta sección dependerá del departamento de Prensa, así como la sección de servicios, que adoptará y elaborará el material informativo de acuerdo con los medios a que vaya destinado.Por su parte, el departamento de Radio constará de las secciones informativa, de programación y técnica, así como el.económico-administrativo.

Al frente de cada una de las unidades de medios de comunicación, habrá un director, que dependerá del departamento de Prensa o Radio, y un administrador, que dependerá del departamento económico-administrativo.

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