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Los sindicatos de funcionarios

Tras una larga lucha por la libertad sindical los funcionarios públicos españoles tenemos ya la posibilidad de constituir libremente nuestras propias asociaciones sindicales. El decreto recientemente aprobado, por el que se regula el derecho de asociación sindical de los funcionarios es, ante todo, una respuesta, la de las últimas Cortes del franquismo, y la del Gobierno Suárez, a la lucha de miles de trabajadores de la Administración Pública, y de sus sindicatos clandestinos, UGT, CCOO, USO y CNT.De ahí que el decreto sobre asociación sindical de los funcionarios públicos sea asimismo una conquista de los Trabajadores de la Administración Pública (TAP) , porque difícilmente cabía esperar el reconocimiento de la libertad sindical para los TAP, por unas Cortes que cuantas veces hablaban de las organizaciones funcionariales las consideraban necesarias pero inoportunas; y por un Gobierno formado por funcionarios de los altos cuerpos, que constituyen la élite de la Administración.

El análisis político del decreto de asociación sindical de los funcionarios públicos requiere quede claro, en primer lugar, quiénes componen el colectivo al que ahora se reconoce el derecho de asociación sindical. En tal sentido, no parece que al Gobierno Suárez le haya quitado el sueño la búsqueda de la unidad organizativa de los TAP. Antes bien, parece claro que lo que pretende el Gobierno es la fragmentación, e incluso enfrentamiento, de los servidores públicos. Tal es lo que hay que pensar tras ver que el reciente decreto de asociación sindical de los funcionarios, ni siquiera menciona al personal civil al servicio de la Administración Militar al que, sin embargo, sí reconoce tal derecho la ley de Asociación Sindical de primero de abril de este año.

Otro tanto sucede con los funcionarios adscritos a los servicios de seguridad (aunque no usen armas) y con los funcionarios de las instituciones penitenciarias (aunque tampoco usen armas) y, en general, a cuantos funcionarios usen armas, tales como los guardias municipales, los guardas forestales, el Cuerpo General de Policía y la policía gubernativa.

Quedan pues divididos los funcionarios civiles en dos grandes grupos: los que trabajan en la Administración Militar, aunque no sean militares, y los que trabajan en la Administración Civil. A los primeros se les niega por decreto el derecho de asociación sindical que una ley de las Cortes franquistas les reconoció el primero de abril de este año. A los segundos, es decir, a los que trabajan en la Administración Civil, se les divide asimismo en dos grupos, los que quedan excluidos del reconocimien-to del derecho de asociación sindical (antes mencionados) y los otros, a quienes sí se les reconoce.

La exclusión del personal civil de la Administración Militar, amén de un quebrantamiento por parte del Gobierno Suárez respecto de lo dispuesto en una ley aprobada por las Cortes que obliga al Gobierno a su cumplimiento, revela el intento de dividir a los funcionarios en compartimentos estancos, línea de conducta seguida por el franquismo y ahora compartida.

A los funcionarios de la Administración Civil, a quien el decreto de asociacióñ sindical de los funcionarios niega tal derecho, el Gobierno Suárez les ha concedido un sucedáneo de las asociaciones, al disponer el decreto que «poseerán órganos de representación de sus intereses y de defensa de los mismos... », con lo que queda suficientemente claro que no podrán afiliarse a las asociaciones sindicales creadas por los demás funcionarios.

No acaban con lo hasta aquí expuesto los afanes divisionistas que como auténtica obsesión padecen dos de los hombres más funestos ,que hemos padecido los funcionarios españoles, el vicepresidente del Gobierno Suárez, Alfonso Osorio, y el subsecretario de la Presidencia del Gobierno, José Luis Graullera, ya que si bien el reciente decreto reconoce a las asociaciones de funcionarios la posibilidad de constituir federaciones y confederaciones, no se admite la posibilidad de que los TAP se federen o confederen con las asociaciones sindicales de los trabajadores con contrato laboral al servicio de la Administración Pública, ni mucho menos, la federación de las asociaciones sindicales de funcionarios en las centrales sindicales de clase, CCOO, UGT, CNT y USO.

Está claro que el Gobierno Suárez, con estas normas, pretende desvincular a los funcionarios del movimiento obrero. Otra cosa bien distinta es que lo logre. Los TAP no están, en su inmensa mayoría, con el Gobierno, y los que lo estaban cada vez lo están menos a la vista de la torpeza con. que el Gobierno está actuando enmateria funcionarial (retribuciones, reforma administrativa, seguridad social, etcétera).

Menos mal que nos queda el consuelo de que el Congreso de Diputados torne el tema de su mano, tanto al reconocer en la futura Constitución el derecho de asociación sindical de los españoles, sean trabajadores por cuenta ajena o funcionarios, como al discutir un estatuto de la función pública auténticamerite democrático que sustituya al autoritario entramado de normas sobre la función pública parido por el franquismo histórico (Carrero Blanco) y por el franquismo renovado (Suárez).

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