Mínimo de tres diputados y sistema mayoritario "puro" para el Senado
Una reunión extraordinaria del Consejo de Ministros -prevista para el lunes o el martes de la próxima semana- aprobará definitivamente las normas electorales, sobre las que hoy deliberará el Gobierno. La distribución de los 350 diputados parece, ue adoptará la fórmula inicial del borrador gubernamental que anticipamos el 20 de febrero, y según la cual el mínimo provincial se rija en tres escaños, y el resto se atribuye a cada distrito en proporción a su población, lo que significaría un máximo de 33 diputados para Barcelona y de 32 para Madrid.
La decisión adoptada en este punto, si se confirma esta información, obtenida en fuentes solventes, significaría un relativo triunfo de Alianza Popular, ya que las otras dos opciones que barajaba el Gobierno, en el borrador citado, y que se estimaban más próximas a las pretensiones de la Oposición, atribuían a Madrid y Barcelona un número de diputados que, en ningún caso, sería inferior a cuarenta escaños.El triunfo normativo de Alianza Popular y de las formaciones electorales situadas a su derecha se acrecentaría si, como manifiestan otras fuentes, los 207 senadores -cuatro por provincia, más uno por cada provincia insular y dos por Ceuta y otros dos por Melilla- serán elegidos con arreglo a un sistema mayoritario puro. Es decir, que cada elector votaría a cuatro candidatos de una lista única. Ultimamente se consideraba que la norma a adoptar consistiría en que cada elector votara por sólo tres candidatos, con lo que se aseguraba la representación en el Senado de al menos, un miembro procedente de las minorías.
Otro de los temas más conflictivos es el de las incompatibilidades. La fórmula adoptada parece ser la de la inelegibilidad de los altos cargos, a nivel nacional y provincial, si bien el punto exacto del nivel desde donde se aplicaría esta norma, así como el plazo de la necesaria dimisión previa, no está decidido. Fuentes oficiosas nos aseguraban ayer que la división del Gobierno y de los escalones administrativos inmediatamente inferiores a los ministros es muy sensible en este punto. Según tales fuentes, ha circulado un rumor en estos medios por el que determinados departamentos técnicos estimaban que sus altos cargos no debían resultar inelegibles, por no tratarse de ministerios netamente políticos. En todo caso, la expectación en Madrid y provincias sobre la decisión que se adoptará es grande entre los altos servidores de la Administración.
Un criterio que sí parece definitivamente decidido es el de que cada candidato sólo pueda presentarse por un distrito electoral, contra las pretensiones de algunos sectores de la Oposición, y concretamente del Partido Comunista de España, de simultanear la presentación en varias circunscripciones electorales.
Campaña electoral
Otros aspectos de la normativa electoral en gestación, que parecen, definitivos -muchos de los cuales ya anticipamos hace más de veinte días-, son la realización de la campaña electoral, de un mes de duración, con subvención estatal; la disposición gratuita de tiempos de emisión en los programas nacionales o regionales de televisión -según que se presenten candidaturas en veintiséis o en menos distritos, respectivamente-; la penalización de los delitos electorales, con privación de hasta seis meses de libertad y penas pecuniarias; la participación de la Administración de Justicia y representantes de los electores en las juntas del censo, con posibilidad de que el Rey designe, para la Junta Central, a varias personalidades de prestigio jurídico, y la legitimación para votar de sólo los mayores de veintiún años no incursos en alguna incapacidad general.
También parece seguro que la votación de diputados y senadores se producirá en un mismo acto electoral, mediante urnas distintas. Las papeletas impresas oficialmente, de distinto color para cada elección, serán marcadas por el elector en una cabina que garantice el secreto del sufragio.
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