Los profesores de instituto podrían ir a la huelga
A partir de hoy podrían ir a la huelga los catedráticos y profesores no numerarios de todos los institutos de Enseñanza Media de España. El motivo serían unas instrucciones dictadas por el Ministerio de Educación y Ciencia con una serie de medidas que, a juicio de los profesores, atentan contra la calidad de la enseñanza y la independencia de los claustros de los centros, tales como la elevación del número de alumnos por aula por encima de cuarenta y la prohibición de aumentar la contratación de profesorado. Los profesores protestan por el carácter confidencial con que se han distribuido las normas.Tras la primera quincena del mes de octubre, los directores de institutos que solicitaban la contratación de nuevos profesores chocaron contra la actitud restrictiva de las delegaciones provinciales del Ministerio, que proponían la reagrupación de alumnos y modificaciones en la distribución del profesorado por asignaturas, todo ello de acuerdo con unas normas que no fueron dadas a la publicidad. Los directores de la provincia de Barcelona se negaron a acatar tales normas y decidieron interrumpir las clases o no iniciarlas el día 21 de octubre. Un día más tarde, el . gobernador civil conseguía que anulasen su decisión responsabilizándose de contratar todo el profesorado necesario. A los pocos días, diecisiete institutos de Vizcaya y una treintena de Asturias entraban en paro, que sería, luego seguido por otras provincias, como Tenerife y Badajoz.
Unos días después, la Asociación de Catedráticos tuvo conocimiento del telegrama enviado por el director general de Personal a los delegados provinciales de Educación y Ciencia, por el que se consideraba anulada la orden ministerial del 21 de agosto de 1972 que establecía un máximo de cuarenta alumnos por aula -cuando ya la UNESCO aconseja veintiocho. Además, se prohibía la contratación de más profesorado mientras pudiera atenderse el servicio con el aumento obligado de la dedicación de los profesores ya existentes. También establecía que los profesores interinos que fueran jefes de seminario podrían percibir el complemento económico de su función, pero no gozarían de la preceptiva reducción del horario lectivo, y que los centros que tuvieran alumnos de sexto de Bachillerato en clases de recuperación no podrían impartir más que las asignaturas que los alumnos tuvieran suspendidas y esto si hubiera como mínimo veinte alumnos.
Los catedráticos de instituto consideran que es lamentable que se establezcan nuevas normas cuando ya está organizado el curso en los centros y que es aún más lamentable que esto se haga a través de instrucciones casi confidenciales, cuando la legislación vigente da a los claustros una serie de competencias, entre ellas la aprobación de horarios.
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