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Convenio hispano-británico para evitar la evasión fiscal

Para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal, España y Gran Bretaña ratificaron ayer el convenio que había sido firmado en Londres el 21 de octubre de 1975.El convenio ratificado en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, entrará en vigor dentro de treinta días y sus disposiciones permanecerán en vigor hasta que sea denunciada por uno de los estados contratantes, mediante notificación escrita por vio diplomática, cursada, al menos, seis meses antes de la terminación del año natural.

Este convenio se prevé también, el método para evitar la doble imposición, la no discriminación y el intercambio de información entre las autoridades competentes de los

dos países. se aplicará alas personas residentes en España y en el Reino Unido y a los impuestos sobre la renta de las personas físicas, de sociedades y demás entidades jurídicas sobre las ganancias de capital y sobre algunos impuestos a cuenta.

En el convenio se prevé también el método para evitar la doble imposción, la no discriminación y el intercambio de información entre las autoridades competentes de los dos países.

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