Tipos de interés y competencia bancaria: ¡más competencia, por favor!
Nos encontramos ante un tema capital para el futuro de la actividad bancaria pero al que, paradójicamente, los banqueros han dedicado poca atención. De hecho, sólo dos de los informes examinados hacen referencia explícita al tema: criticando la existencia de extratipos, el consejero-delegado del Vizcaya afirma en tono resignado que su banco «aceptaría la libertad de tipos de interés con los controles y limitaciones que la prudencia recomendase...». Por su parte, el presidente del Bilbao, después de referirse a la banca oficial, sostiene que «la función social de la banca debe pasar por el meridiano de la competencia». ¿Qué se puede inferir acerca del pensamiento de los banqueros en estos dos temas vitales? Sin temor a pecar de exagerados diríamos que la banca, o al menos la gran banca, no parece tener un excesivo afán por conseguir la libertad de los tipos de interés y que la competencia que reclaman es una competencia «sui generis». Intentaremos demostrarlo.El Cuadro 1 recoge la evolución de los tipos libres pagados por algunos bancos por sus pasivos a partir del tercer trimestre de 1974, fecha en que se instauró una cierta libertad de tipos y desde la cual hubiera sido posible observar una cierta competencia. Nada de eso refleja el cuadro; los siete grandes bancos comerciales han mantenido desde el principio una actitud concertada en lo que se refiere al nivel y a la evolución de sus tipos -la mayor variabilidad y los tipos más altos se observan en el caso del banco extranjero y del banco industrial no encuadrado en esas fechas en el grupo financiero de ningún gran banco comercial. En 1976, lo incorpora el grupo del Central, a través del banco de Fomento. Algún banco comercial de tamaño grande -caso del Exterior- o medio -caso del Ibérico o Atlántico- han hecho también un poco la guerra por su cuenta, pero sin excesiva agresividad.
Las cifras no dejan dudas sobre cual ha sido la actuación de la gran banca a lo largo de estos años. Con un comportamiento eficazmente cartelizado, ha impedido que la remuneración de sus pasivos sobrepasara un nivel relatívamente bajo, más aun si se tiene en cuenta la tasa de inflación, dando una muestra clara de lo que entiende por competencia. Sin embargo, la referencia del Bilbao, antes citada, acaso apunte un cambio de actitud que conviene analizar.
Como se recordará en 1969 se inició una actitud liberalizadora en la política de tipos de interés que sufrió un parón con la fijación, en julio de 1973, de un tipo máximo de interés del 6 por 100 para los depósitos a más de dos años, en la banca industrial -que hasta entonces eran libres- y de su extensión a la banca comercial y a las cajas de ahorros. Un año después, la orden ministerial de 9 de agosto de 1974, liberalizó los tipos de interés de los depósitos a dos o más años de plazo, tanto para la totalidad de la banca como para las cajas y las cooperativas de crédito, que no fue bien recibida por la gran banca.
Sospechamos, y la referencia del señor Sánchez Asiaín así nos lo confirma, que el paso del tiempo ha ido convenciendo a los banqueros más dinámicos de que con la actual estructura del sistema bancario poco hay que temer de una liberalización de los tipos de interés de los depósitos bancarios, y que un mayor grado de competencia podía incluso beneficiarles. Naturalmente, liberalización y competencia «ordenadas». Porque, en efecto, a dónde podría ir el ahorrador español con su dinero, sino a los depósitos bancarios y a los certificados de depósitos -ocasionalmente a los bonos de caja-. Y este es el problema: el ritmo de inflación torna negativa la remuneración que el ciudadano medio recibe por sus ahorros, pero no le queda otro remedio que aguantarse o entrar en el circuito, precisamente no muy productivo para la actividad nacional, de la compra de parcelas o de pisos sempiternamente más caros y peor construídos.
Se comprende, pues, que los banqueros hablen de competencia y libertad de tipos de interés. Si ésta se limita únicamente a los activos existentes ya se encargarán ellos de alinear los tipos a los niveles que más les convenga, permitiendo sólo que algún banco aislado marque un paso diferente. No comulgamos, como es natural, con este enfoque de la competencia. En nuestra opinión, para que aquélla sea verdaderamente efectiva el único camino es la liberalización total de los tipos y la creación de activos competitivos con los depósitos bancarios. Sólo cuando se pueda elegir, por ejemplo, entre colocar un dinero en bonos del Tesoro, cédulas hipotecarias, certificados de depósito, imposiciones a plazo, y obligaciones, habrá verdadera libertad y competencia; y sólo cuando éstas existan, y por paradójico que parezca, se hallarán los banqueros en una posición inexpugnable para atacar el coeficiente de inversión. Que esto no les guste a los bancos es otro punto, pero llamar a las cosas por su nombre ha sido siempre el mejor camino para entenderse.
La apertura de sucursales: una forma costosa de competir
Otro de los temas importantes en las exposiciones de los banqueros es el de la apertura de nuevas oficinas. Salvo en la del Central, las juntas de accionistas oyeron frases de descontento en boca de sus dirigentes sobre este tema, siendo especialmente abiertas en los casos del Bilbao, Urquijo y Santander. En líneas generales, los banqueros estimaban «que el afán de rapidísimos crecimientos en la apertura de oficinas bancarias... podría ser peligroso» (Santander). Esta loable preocupación, que compartimos, enlaza con el tema de la competencia, pues como bien se dice, la apertura de nuevas oficinas es la «manera más espectacular» (Urquijo) de competencia bancaria a la española. Pero antes de entrar de lleno en la discusión del tema, parece conveniente situarlo en una perspectiva histórica de lo que ha sido la expansión bancaria en los últimos años.
La norma básica de la situación vigente hasta 1974 era la 0. M. de 15 de noviembre de 1971. Según ella, los planes de expansión fijados por Hacienda, comprendían un 20 por 100 de oficinas que los bancos habían de abrir necesariamente en las plazas determinadas por las autoridades, siendo el 80 por 100 restante de libre elección. Los bancos se clasificaban en tres categorías -nacionales,-regionales, y provinciales- existiendo un baremo de habitantes por plaza para el cálculo de la capacidad. Como se podrá deducir de estos rasgos generales, aunque mejor que el anterior, el sistema era complicado, burocrático, y tendía a beneficiar a las dos últimas categorías de bancos por cuanto consumían el 50 y el 25 por 100, respectivamente, de la capacidad de expansión de los nacionales. Esta sola circunstancia explica por sí sola parte de las compras de bancos pequeños, realizadas por algunos grandes bancos en los últimos años.
El Decreto de 9 de agosto de 1974 -y la 0. M. de septiembre del mismo año- instauró un sistema de libertad total que, en general, favorecía a los bancos de nueva creación al hacer depender la capacidad de expansión sólo de los recursos propios.
Este es el régimen que, por estas y otras razones, de más peso, critican ahora los banqueros. Pues bien, sus protestas parecen haber sido escuchadas una vez más; la O. M. de 3 de mayo de 1976, vuelve a límites más prudentes. Al elevar de forma notable la escala utilizada por el cálculo de capacidad de expansión la elevación es general, pero bastante más fuerte en los primeros grupos; es decir, aquellos referentes a grandes poblaciones.
Resulta a todas luces cierto que la apertura de nuevas oficinas constituye un muy medio caro de competir. Se ha calculado que sólo los costes de adquisición e instalación de una oficina. bancaria en Madrid, ascienden, aproximadamente, a 40 millones de pesetas por término medio -en provincias oscila alrededor de la mitad. A ello deberá añadirse el coste de personal, proporcionalmente más elevado para los bancos pequeños o nuevos, ya que al ser escasos sus efectivos humanos deben atraer a empleados de otros bancos pagándoles un sueldo superior.
Esta competencia espúrea presenta, pues, dos graves inconvenientes que bastarían para descalificarla. En primer lugar, no está claro, ni mucho menos, a partir de qué punto, al contar con más oficinas bancarias a su alcance, el cliente obtiene un mayor bienestar, mientras que resulta indiscutible que su posición mejora con una remuneración más alta de sus depósitos. Segundo, las consecuencias de esta clase de competencia para las economías a escala del negocio bancario, son rápidamente negativas. Nos gustaría saber, y no por ociosa curiosidad, las normas seguidas por los bancos para decidir los límites de su expansión territorial y hasta qué punto emplean criterios estrictos de maximización de beneficios frente a otros más o menos artificiales; como por ejemplo «el ranking». Estamos, todo parece indicarlo, ante una forma muy cara de competencia. ¿Por qué se empeñan en ella los banqueros? Muy sencillo; porque no desean competir a través del cauce natural -los tipos de interés- y no aceptan la introducción de mayores dosis de mercado en el sistema financiero.
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