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Tribuna:Visita a unas fuerzas armadas democráticas / y 2
Tribuna
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Garantías civiles a los derechos de los militares

Partiendo del principio de que el soldado alemán es un ciudadano de uniforme, éste conserva en las Fuerzas Armadas todos sus derechos a su libertad, su seguridad jurídica y su conciencia, según se me explica en el Ministerio de Defensa. Es más, el ciudadano puede hacer valer su derecho a la libertad de creencia y de conciencia, para no ser obligado a servir con las armas en la guerra, según proclama el artículo 4 de la Ley Fundamental de la República Federal. La constitución alemana es la única en el mundo que entroniza la objeción de conciencia. De acuerdo con el artículo 12, «quien por razones de conciencia rehuse el servicio militar con las armas podrá ser obligado a prestar un servicio de sustitución. La duración de dicho servicio no podrá ser superior a la del servicio militar».Aunque el artículo 17 a)restringe los derechos de opinión, reunión y petición colectiva en los casos de servicio militar y servicio de sustitución, por razones obvias, estos derechos son protegidos mediante una formalización recogida en leyes y reglamentos posteriores, como luego veremos.

La eliminación de la jurisdicción militar queda especificada en el, artículo 96, cuando, reconociendo la existencia de tribunales disciplinarios militares, les da carácter federal, esto es, los coloca bajo la jurisdicción ordinaria. Los tribunales disciplinarios no podrán entender en casos criminales contra miembros de las Fuerzas Armadas, más que en los casos de defensa (esto es, ataque a la República Federal) o contra miembros de las FFAA en el extranjero o embarcados en navíos de guerra. Los jueces numerarios de estos tribunales estarán habilitados para el ejercicio de la judicatura, es decir, serán jueces de carrera, civiles. El artículo 101 declara no lícitos los tribunales de excepción y afirma que nadie podrá ser sustraído a su juez natural. Esto determina que una sanción disciplinaria, por ejemplo, un arresto, no puede tener validez sin el consentimiento de un juez. El arresto preventivo sólo puede durar un día, después del cual debe intervenir el juez. En casos de defensa, el arresto preventivo sólo puede durar cuatro días; igualmente sólo puede intervenir el juez ordinario y no existe, de ningún modo, la posibilidad de formar consejos de guerra.

Una ley de 1956 desarrolló los derechos y deberes de los militares, declarando específicamente que el militar tiene los mismos derechos que los civiles. Estos derechos sólo pueden restringirse legalmente, no disciplinariamente, lo que esto supone en la tradición militar alemana es revolucionario. Tradicionalmente, era el comandante en jefe de los ejércitos (el kaiser, el presidente, el führer) el que decretaba los derechos y obligaciones de los hombres bajo las armas. Ahora es el Parlamentol el que asume esta misión, mediante la promulgación de la ley.

Dentro de las unidades existe un poder disciplinario, ejercido por el jefe superior de la misma y no por mando militar superior a éste, ni por el propio ministro de Defensa, que es el comandante de las FFAA. Se considera que es el jefe natural del subordinado el que puede valorar la aplicación del procedimiento disciplinario; las mismas faltas pueden requerir distintas sanciones, de acuerdo con la estimación que merezca el sujeto. Ahora bien, existe la vía del recurso del subordinado contra la sanción. El recurrente no puede ser sancionado por su recurso, y puede presentarlo a una Instancia. superior a la del jefe que le ha sancionado. Si la, queja es rechazada en primera -instancia, el asunto pasa al tribunal de servicio del Ejército, creado por -la ley para asuntos disciplinarios, no penales, y cuyo presidente es un magistrado civil; los otros miembros del tribunal son, miembros de las FFAA con la misma graduación que el acusado.

Esta es la vía ordinaria para la protección de los derechos del individuo dentro de los cuarteles y para el mantenimiento de la disciplina. Aquéllos tienen una protección ulterior, ya que el hombre de uniforme puede dirigirse por derecho propio al que llamaremos omhudsman de. los ejércitos, definido como «encargado de la observancia de los principios de la inneref-ührung», esto es, de los principios del liderazgo y de la educación cívica en las relaciones de mando y obediencia. Este ombudsman o encargado es un ciudadano de reconocido prestigio, designado por el Parlamento, que no necesita ser parlamentario. El actual es el doctor Berkhan, que fue diputado y subsecretario parlamentario en el Ministerio de Defensa. Anteriormente hubo otros encargados que no habían sido ni parlamentarios ni habían tenido experiencia militar específica. El encargado opera con un equipo de asesores para comprobar el estado de disciplina y de libertad dentro de las FFAA, y debe presentar un informe completo al Parlamento, que lo debate en la comisión de Defensa y en el pleno. Igualmente, el interesado en un caso disciplinario puede dirigirse al diputado de su distrito.

Existe, sin embargo, una ley penal militar, que se refiere a hechos delictivos relacionados con el servicio de armas, como deserción, automutilación, ataques contra los superiores, etcétera, pero encomienda la sustanciación de estos casos a la jurisdicción civil ordinaria.

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Una ley muy reciente introduce en el seno de las FFAA el principio de la representatividad corporativa, de naturaleza, sindical. La ley sobre el portavoz, de 25 de abril de 1975, refuerza aún más las garantías al soldado en casos disciplinarios, porque el superior debe escuchar al portavoz o persona de confianza elegida por la unidad a que pertenece el inculpado, antes de imponerle la sanción; la persona de confianza hace constar por escrito su parecer y este testimonio puede ser usado por el inculpado para su recurso. Evidentemente, este es un sistema por el cual el inferior no sólo es responsable ante sus superiores, sino también éstos lo son ante aquéllos.

Los poderes del portavoz o persona de confianza se han ampliado a la actividad social y educativa; tiene facultades para emitir parecer y presentar informes sobre las condiciones de vida, comidas, actividades y educación, y debe ser escuchado cada tres meses, por lo menos, por el jefe de la unidad. Estos personajes elegidos existen ya en las unidades que se forman al principio del entrenamiento, y se está estudiando su creación al nivel del pelotón.

«Todas estas leyes y disposiciones se fundan en el muy lógico principio de que el militar debe defender los derechos del pueblo alemán», según me explicó en Bonn un portavoz oficial del Ministerio de Defensa, quien añadió: «El legislador ha llegado a la conclusión de que un soldado que no disfruta de los derechos del ciudadano no está en condiciones de defenderlos.»

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