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El presidente del Senado acumulará otras cinco presidencias de órganos legislativos y consultivos

El presidente del Senado acumulará también la presidencia del Consejo del Reino, la de las Cortes, la de la Comisión de competencia legislativa, la de Mesa de las Cortes y la de un comité especial del Senado encargado de velar por el cumplimiento de los fines del propio Senado -en buena parte, los del actual Consejo Nacional-, según ha podido saber EL PAIS en fuentes legislativas.

El proyecto de ley declara que el congreso de diputados y el Senado tendrán los mismos poderes, si bien añade que corresponde en especial al Senado velar por la unidad entre los hombres y las tierras de España y por el desarrollo y ejercicio de los derechos y libertades reconocidos por las Leyes Fundamentales, así como defender la integridad y observancia de éstas. (Tal precepto es transcripción esencial de los fines atribuidos al Movimiento por la Ley Orgánica del Estado, excluyendo toda alusión a los Principios del Movimiento, a la juventud y al contraste de pareceres dentro de los Principios.)A lo largo de los 33 artículos -más las disposiciones varias, una adicional, cinco transitorias y tres finales- con que, siempre según las citadas fuentes, cuenta el proyecto de ley, se matizan algunos de los datos facilitados oficialmente por el señor Martín Gamero y se confirman casi todos los que anticipó EL PAIS desde su primer número.

Prioridades legislativas

Aunque se establece que las relaciones entre ambas Cámaras se regularán por una ley, el proyecto adelante que el Congreso de diputados y el Senado deliberarán separada y sucesivamente sobre las materias de competencia de las Cortes. La prioridad legislativa, cuando se trate de proyectos o modificaciones de Leyes Fundamentales, corresponde al Senado, mientras que la discusión de proyectos sobre las materias presupuestarias, fiscales, financieras y económicas detalladas en las letras a, b, c y d del artículo diez de la Ley de Cortes, deberá iniciarse en el Congreso de diputados. La reunión conjunta de ambas Cámaras colegisladoras se prevé para adoptar acuerdos relativos a la Ley de Sucesión, a la guerra y la paz, y para oír el mensaje de la Corona.

Otros datos nuevos son la duración diferente del mandato de una y otra Cámara; seis años para el Senado y cuatro para el Congreso de diputados. El presidente del Congreso puede ser cesado por dos tercios de diputados; no así el del Senado. Dentro de los 300 diputadores elegidos por cada provincia por sufragio universal, lo serán, la mitad de ellos, entre los candidatos propuestos conjuntamente por las diputaciones provinciales o cabildos y por los ayuntamientos, y el resto entre los candidatos presentados por los órganos de empresarios y trabajadores que se crearán por ley. En todo caso, sólo podrán ser senadores quienes tengan treinta años cumplidos.

Uno de los artículos del proyecto de ley alude a la necesidad de que los diputados y senadores no estén ligados por mandato imperativo, lo que parece apuntar a la exclusión de la disciplina de partido dentro de ambas Cámaras.

El proyecto de ley mantiene la Comisión de competencia legislativa, que estará integrada por el presidente de las Cortes -con voto de calidad-; el presidente del Congreso; dos ministros designados por el Gobierno; un senador y un diputado, con título de letrado, elegidos por sus respectivas Cámaras; el presidente del Consejo de Estado, y el del Tribunal Supremo de Justicia. La citada Comisión, emitirá dictamen a requerimiento del presidente del Gobierno o de los de las Cámaras.

Comité de vigilancia

El Comité especial del Senado encargado de velar por el cumplimiento de sus fines específicos, añade a sus características no democráticas, su composición. Presidido por el titular del Senado, lo integran ocho senadores elegidos separadamente por cada uno de los grupos siguientes: los 200 senadores elegidos por sufragio universal elegirán dos miembros del Comité; los 40 senadores permanentes -los 40 de Ayete- elegirán otros dos; los hasta 25 senadores designados por el Rey («en atención a su prestigio en el ámbito cultural, laboral, político o administrativo y a sus relevantes servicios a la Patria», especifica el proyecto), elegirán dos miembros más, y los 20 senadores elegidos por los colegios profesionales e instituciones de derecho público, elegirán los otros dos miembros del Comité de vigilancia del Senado.

Habrá asimismo una Mesa de las Cortes integrada por el presidente del Senado y el del Congreso -que serán, respectivamente, presidente y vicepresidente de la misma-, y formarán parte de ella ocho senadores y ocho diputados elegidos por los respectivos plenos de ambas Cámaras.

La remodelación del Consejo del Reino -presidido asimismo por el presidente del Senado- mantiene los miembros natos, a excepción del pretado, e incluye diez consejeros -cinco senadores y cinco diputados elegidos por sus respectivas Cámaras- tal y como informó el señor Martín Gamero. El proyecto señala, además, que los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos entre los consejeros presentes -cuyo número no podrá ser inferior al de la mitad más uno de sus componentes- y en caso de empáte decidirá el voto del presidente.

El proyecto de ley establece cuáles son las Leyes Fundamentales, y sobre las demás destaca la de Principios Fundamentales, aunque suprime la alusión al Movimiento, que no figura en todo el proyecto.

El Tribunal de Garantías constitucionales ya anunciado por el ministro de Información y Turismo conocerá de los recursos de contrafuero e incidentes relativos a las Leyes Fundamentales; los recursos electorales, y las materias que le atribuya la Ley Orgánica de la Justicia. Sus sentencias no serán recurribles.

Otra innovación es el Consejo Económico y Social, que se constituirá con representantes de los trabajadores, los empresarios, la Administración y otros intereses colectivos.

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