El Gobierno aprueba por decreto la reforma de la ley de mecenazgo
El Consejo de Ministros da luz verde a una norma que los sectores de la cultura llevaban reclamando desde hace años
La ley del mecenazgo siempre ha sido también la del sobresalto. Aunque hoy, por una vez, no hubo ninguno: el Consejo de Ministros aprobó este martes una reforma que aumenta las deducciones fiscales para las donaciones y añade la posibilidad de regalar un servicio (una asesoría, una página de publicidad en un medio, etcétera), además de dinero o un bien. Se hace realidad así una eterna reclamación, especialmente de los sectores cultural y científico, por más que se trate de retoques a la normativa en vigor desde 2002, y no del ansiado nuevo comienzo desde cero. Pero, sobre todo, muchas entidades celebrarán al fin un paso concreto, después de años de promesas incumplidas por gobiernos de ambos colores.
El texto estuvo a punto de salir a la luz la pasada primavera, pero terminó dando el enésimo volantazo: voto a favor del Congreso, camino despejado en el Senado y… adelanto electoral. Así que hubo que volver a empezar. Sin embargo, apenas empezada la nueva legislatura, la norma ha llegado a la mesa del Consejo de Ministros. A falta, eso sí, de que los diputados revaliden la medida dentro de un mes, como exige cualquier decreto ley.
Porque la reforma se coloca precisamente dentro de un marco mucho más amplio, con cambios en el trabajo de la Administración General del Estado o el acceso al sector público. No es hasta la quinta de las seis páginas cuando el comunicado emitido por el Ministerio de Hacienda y Función Pública detalla las modificaciones al mecenazgo: la deducción del 80% en el IRPF que antes cubría el micromecenazgo de particulares hasta 150 euros ahora lo hará hasta 250. A partir de ese umbral, el porcentaje también crece, del 35% al 40%, el mismo que se fija para las deducciones que puedan lograr las empresas. Además, privados y compañías se beneficiarán de otra medida: bastará con donar durante tres años —en lugar de cuatro— la misma cantidad a la misma entidad para que los ciudadanos obtengan un 5% adicional de deducción y las empresas, un 10%.
Es decir, una copia casi idéntica de la reforma que se quedó a un paso de salir adelante hace meses. La iniciativa fue impulsada en la anterior legislatura por el PDeCat. Lo cierto es que la reforma, en la votación en la Comisión de Hacienda y Función Pública del Congreso el pasado 26 de abril, logró el apoyo de todas las fuerzas políticas, salvo Vox, que se abstuvo. En el proceso, eso sí, ha desaparecido una enmienda introducida entonces a última hora por los socialistas, que rechazaron sus aliados de Unidas Podemos: se pretendía equiparar fiscalmente a las confesiones “de notorio arraigo en España” (judía, musulmana, budista, ortodoxa o Testigos de Jehová) con las que tienen acuerdos oficiales con el Gobierno, como la Iglesia Católica. En la práctica, hubieran quedado exentas del pago del IBI en los edificios destinados al culto y del Impuesto de Sociedades.
La reforma también actualiza la lista de actividades económicas que pueden beneficiarse de la exención en el Impuesto de Sociedades, cuando las realicen entidades sin ánimo de lucro. “En concreto, se incorporan las acciones de inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social o las actividades de educación de personas con altas capacidades, entre otras”, informa el comunicado del ministerio.
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