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‘Tarifazo’ a la propiedad intelectual

Cadenas de radio y televisión arremeten contra el incremento de precios aplicado por la entidades de gestión de derechos tras la reforma de la ley

Rosario G. Gómez
Control de emisiones de televisión de Cellnex en Torrespaña.
Control de emisiones de televisión de Cellnex en Torrespaña. Uly Martín

La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, que entró en vigor en enero de 2015, no ha conseguido amainar los seculares conflictos entre usuarios y entidades de gestión de derechos. Emisoras de radio, cadenas de televisión, hoteles, Universidades, bares, grandes promotores musicales o pequeños organizadores de fiestas populares están obligados a compensar a los autores por el uso de su repertorio. En la mayoría de los casos han visto cómo se han disparado los precios, desatando el descontento y la amenaza de nuevos litigios.

Un informe de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual (CPI) sobre las tarifas generales presentadas en 2016 revela que solo en el 60,5% de los casos se han podido hacer comparaciones con las tasas anteriores. El resultado es que en el 29,3% no se han producido variaciones y en el 31,2% los precios han tendido al alza. Las subidas más relevantes han recaído en el sector hotelero y el audiovisual.

Los operadores han echado números y calculan que la SGAE, la principal sociedad recaudadora, ha incrementado entre un 20% y un 34% los precios de radio, y ha elevado casi un 20% las tasas a la televisión. Por si fuera poco, la SGAE remitió hace dos semanas una notificación anunciando un aumento extra en torno al 18% que ha puesto en pie de guerra a las televisiones privadas, que tendrían que desembolsar 99 millones de euros, 27 más que con las tasas de 2015.

Tanto la ley como la orden ministerial posterior especifican que los precios deben ser “equitativos y no discriminatorios”. Pero los usuarios asisten a incrementos “abusivos”, hasta el punto de que algunas entidades intentan cobrar derechos por la utilización de discos en radios, televisiones, bares o discotecas, una remuneración única en Europa, que figuraba en la Ley de Propiedad Intelectual de 1987, derogada en 2006.

Este derecho no existe en el contexto internacional, pero ahora AGEDI-AIE lo reivindica. Su aprobación depende de la Sección Primera de la CPI. “Nos hemos reunido con todas las entidades de gestión y con representantes de las principales asociaciones de usuarios y hasta la fecha solo una entidad ha reclamando nuestra intervención para determinar tarifas”, explica Julio Costas, presidente de este organismo, que tiene atribuidas funciones de mediación y arbitraje.

Ocho entidades de gestión

Las asociaciones son titulares de derechos de propiedad intelectual de autores, artistas y productores. Para operar necesitan autorización del Ministerio de Cultura. Hay ocho:

Autores.SGAE (Sociedad General de Autores y Editores); CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos), VEGAP (Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos) y DAMA (Derechos de Autor de Medios Audiovisuales).

Artistas. AIE (Sociedad de Artistas, Intérpretes o Ejecutantes) y AISGE (Artistas Intérpretes Sociedad de Gestión).

Productores. AGEDI (Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales) y EGEDA (Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales).

Tradicionalmente, las entidades han operado en el mercado en un régimen de monopolio legal, provocando una larga historia de conflictividad. La reforma aspiraba a poner paz en el sector, pero las espadas siguen en alto. La Asociación Española de Radiodifusión Comercial (AERC) interpuso a principios de año una demanda ante el juzgado de lo Mercantil de Madrid contra las tarifas generales aprobadas el 30 de junio de 2016 por AGEDI-AIE. Argumentan que han puesto precio a derechos inexistentes y cuestionan el tratamiento de la “música de catálogo” y el uso de la música en Internet (webscasting o podcasting).

Junto a subidas de la SGAE, las radios sostienen que AGEDI-AIE ha aumentado las tarifas entre el 60% y el 150%. “El sector tenía muchas esperanzas en una reforma en la que, por primera vez, se establece un sistema objetivo para determinar las tarifas con criterios claros para su cálculo que debería haber conducido a su reducción. Pero seguimos igual que antes”, dice el presidente de la AERC, Rafael Pérez del Puerto.

Por la música, las entidades cobran una tarifa general (un porcentaje de los ingresos de las cadenas), independientemente del uso o la relevancia que tenga en la parrilla. Se da la paradoja de que emisoras generalistas pagan más que radiofórmulas donde la música es el principal ingrediente.

Frente a las posiciones de los radiodifusores, Antonio Fernández, presidente de Adepi (agrupación de las ocho entidades de gestión), afirma que las tarifas son “publicas y transparentes y cumplen estrictamente los criterios que dice la ley. Si no, no hubieran sido aprobadas por la Sección Primera”. Fernández recuerda que se abrió un periodo de negociación en el que no fue posible llegar a acuerdos y enfatiza que, como consecuencia de este enquistamiento, las radios han retenido los pagos y cuestionado la legitimidad del órgano colegiado para mediar y arbitrar. Los desencuentros entre la AERC y las entidades no son nuevos. En 2015, Competencia ya resolvió que el aumento de tarifas era “abusivo, inequitativo y desproporcionado”. Y multó a AGEDI con 1,2 millones de euros y a AIE con 1,5millones. Las sanciones han sido recurridas.

“La ley abrió muchas expectativas”, observa Carolina Pina, abogada socia de Garrigues, quien reclama: “Certeza para que quien paga sepa a quién paga y por qué”, además de procedimientos de arbitraje “neutrales, ágiles y eficientes”. Insiste en que las tarifas han de ser equitativas y acordes con el uso del repertorio y plantea que debe haber reciprocidad, ya que algunas remuneraciones existen en España pero no en otras jurisdicciones.

Tras la reciente e inesperada subida, las televisiones (principales pagadoras de la SGAE) auguran una etapa nada pacífica. “El sistema de recaudación está basado en un monopolio de origen. Se llegó a una solución salomónica según la cual las televisiones pagan un porcentaje de su facturación, independientemente del uso de los derechos”, resume Andrés Armas, secretario general de Uteca, asociación que integra a Antena 3 y Telecinco, entre otras. Pero ahora, la tecnología permite “identificar lo que se usa. Y es probable que una parte muy significativa del repertorio representado por una entidad no se use”, dice.

También los canales públicos se quejan. “Las autonómicas pagamos en función de las subvenciones que recibimos e independientemente del uso que hagamos”, expone el secretario general de la Forta, Enrique Laucirica, quien defiende la necesidad de “pelear contra los abusos que ampara la Ley de Propiedad Intelectual”.

Mediaset abunda en este aspecto: “El 1 de enero sabemos que vamos a tener que pagar un porcentaje (entre el 5% y el 6%) de nuestros ingresos brutos a las entidades. Es una tarifa que no tiene en cuanta la intensidad de uso. Da igual que utilicemos un fonograma o un millón”. Atresmedia asegura que las entidades han aplicado subidas “generalizadas y desproporcionadas” y añade que, según la ley, “a los autores se les retribuye en función del valor que aportan sus derechos a los negocios”. Sin embargo, “las entidades utilizan argumentaciones económicas sofisticadas y aplican subidas que no se justifican”.

Los operadores de telecomunicaciones se suman a las críticas. “El nuevo marco legal aspiraba a racionalizar y objetivar las tarifas, pero se está produciendo el efecto contrario al deseado y las tarifas, en especial en el ámbito digital, están sufriendo unos incrementos desproporcionados”, dicen fuentes del sector. Estas compañías abogan por “articular mecanismos que busquen equilibrio entre la inversión de los players en la adquisición y producción de contenidos y la gestión obligatoria de los derechos de propiedad intelectual por parte de las entidades de gestión”.

Sobre el peso de la música en el modelo tarifario, algunas sociedades de gestión de derechos opinan que está sobrevalorada. “Es el mundo al revés: el 90% de lo que paga una televisión por derechos de autor acaba yendo a la música, y eso es una barbaridad”, se lamenta Abel Martín, director general de AISGE. Califica de “atípico” que una película o una serie pague más por la banda sonora que por el guión o el trabajo del director y de los actores. “Falta mucho por avanzar para que el valor de las cosas se ajuste al valor del mercado”, concluye.

Precios más elevados que el resto de Europa

Las irreconciliables discrepancias sobre las tarifas de las entidades de gestión han terminado a menudo en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), organismo al que acudieron promotores musicales o empresas hoteleras con una queja común: el cobro de precios desproporcionados.

Conciertos. La APM (Asociación de Promotores Musicales) actuó contra la SGAE y en noviembre de 2014 Competencia condenó a la entidad de gestión de derechos por prácticas abusivas. "Incluida la tarifa, que consideró ilegal por excesiva y por ser abusivamente impuesta", comenta Gabriel Rossy, abogado de la APM. La SGAE fue obligada a fijar nuevo precio. Tras la resolución dictada por Competencia, rebajó la tasa del 10% al 8,5% de la recaudación en taquilla, todavía lejos del 3% que se paga en Reino Unido, Canadá o Australia. En EE UU hay varias tarifas, todas inferiores al 1%, explica Rossy, para quien "no hay razón que justifique que el organizador de un concierto de los Rolling Stones en Londres pague el 3% de la taquilla por derechos de autor, mientras que está obligado a pagar un 10% (ahora, un 8,5%) por el mismo concierto en España". Rossy asegura que "si se consiguiera liberalizar el mercado y la SGAE dejara de disfrutar del monopolio, la tarifa se reduciría inmediatamente a la tercera parte".

Hoteles. La Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) ha alcanzado un acuerdo con la SGAE, según el cual estos establecimientos pagan en función del tamaño, la categoría y el tipo de servicio que ofrecen. "No es lo mismo un hotel que tiene música en vivo o discoteca a otro que solo usa música de ambiente en la recepción", sostiene el secretario general de CEHAT, Ramón Estadella. Con el resto de las entidades no ha habido acuerdo. "Estamos muy defraudados con la ley", se lamenta. "Algunas entidades intentan cobrar un 700% más que en Alemania o Reino Unido, además de exigirnos derechos que no existen en ningún país de la UE". Los hoteles también abonan una tarifa por las televisiones de las habitaciones, obligación que data de 2006, cuando el Tribunal de Luxemburgo se pronunció a favor de la SGAE en un litigio con Rafael Hoteles. "Aceptamos pagar, pero en los términos de la ley: tarifas globales y proporcionales. No es de recibo que nos intenten cobrar por habitaciones no ocupadas o por hoteles cerrados", remata Estadella.

Universidades. Las Universidades han suscrito un acuerdo con Cedro y Vegap a tenor del cual desembolsan tres millones de euros anuales por el uso de libros y otras publicaciones en los campus virtuales. Esta tarifa permite el acceso, como máximo, al 10% de una obra, un porcentaje que en otros países de la UE es libre. "Pagamos tres millones por algo que en Alemania es gratis", recuerda Antoni Gonzàlez Senmartí, que formó parte de la comisión negociadora por parte de las Universidades.

Para Cedro, con más de 23.000 escritores asociados, el acuerdo acerca a España a los países más avanzados y se adapta al tiempo tecnológico. “Antes se fotocopiaban obras. Con los campus virtuales se digitalizan para compartirlas. El objetivo es que esta actividad no perjudique a los titulares de derechos”, sostiene una portavoz de Cedro.

Gonzàlez Senmartí se declara partidario del modelo de Italia y Portugal, que permite a los centros el acceso libre, y se pregunta por los criterios a la hora de fijar las tarifas. “Las entidades han determinado que el 60% de los contenidos de las plataformas digitales están sujetos a derechos de autor, pero algunas Universidades dicen que no superan el 30%, ya que el grueso de los contenidos son apuntes o esquemas de los profesores, publicaciones oficiales o artículos de revistas, sobre las que han adquirido licencia de uso”.

Hospitales. Una sentencia del Tribunal de Luxemburgo del 2012, conocida como el caso Corso por el nombre del dentista italiano Marco del Corso, declaró que la música que se escucha en consulta no está sujeta al pago de derechos. Argumentaba el tribunal de la UE que la música no reviste carácter lucrativo sino que los pacientes acuden al centro médico "con el único objetivo de ser atendidos".

El catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Castilla-La Mancha Juan José Marín menciona otra sentencia que concluyó que un centro dedicado a la rehabilitación de pacientes estaba sujeto al pago de derechos. Marín afirma que la inmensa mayoría de clínicas y hospitales privados pagan por el uso de televisión en las habitaciones. “Otra cosa son los públicos. En estos casos las entidades han tenido más prudencia”.

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