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Más Madrid recibirá los mismos tiempos publicitarios que los partidos nuevos

La Junta Electoral considera al partido una formación diferente de Ahora Madrid, la coalición que gobierna el Ayuntamiento

Manuela Carmena e Íñigo Errejón, en un acto de Más Madrid en Villaverde.
Manuela Carmena e Íñigo Errejón, en un acto de Más Madrid en Villaverde.Jaime Villanueva
Gloria Rodríguez-Pina

Más Madrid, la formación con la que concurren al Ayuntamiento de la capital y a la Comunidad de Madrid Manuela Carmena e Íñigo Errejón, respectivamente, recibirá el mismo tratamiento en el reparto de los tiempos de publicidad electoral en medios públicos que las formaciones nuevas, según ha acordado la Junta Electoral Central (JEC), informa Anabel Díez. Pese a que Carmena es alcaldesa de Madrid, la formación con la que se presenta es de nueva creación y la doctrina de la Junta Electoral le asigna solo 10 minutos en el reparto de espacios electorales. Más Madrid tiene previsto recurrir la decisión.

Más Madrid se dirigió a la Junta Electoral Provincial de Madrid para consultar si el partido tenía derecho al tiempo gratuito de propaganda electoral en medios de comunicación públicos previsto en la ley autonómica de acuerdo "al peso" que consideraba que tenía su candidatura. "Si en la coalición se presentan diputados en la candidatura dispondremos del tiempo y los derechos asociados en los artículo 12 y 13 de la Ley de Electoral de la Comunidad de Madrid", interpretaba la formación en el texto al que ha tenido acceso este periódico. Entendían, por tanto, que les correspondía la asigación establecida para partidos que ya se han presentado a las elecciones y pedían a la junta que confirmase esa visión.

La Junta Electoral de Madrid respondió el 22 de abril al escrito de Más Madrid y a una consulta similar realizada por teléfono por Telemadrid, según el acuerdo de esta instancia. Como recuerda la junta electoral, según "la doctrina sentada por el acuerdo de 15 de marzo de 1999, los partidos de nueva creación tienen legalmente el tratamiento previsto para las entidades políticas que no concurrieron a las anteriores elecciones equivalentes".

Les corresponde por lo tanto, 10 minutos de emisión, según artículo 13 de la Ley Electoral de Madrid, apartado 3.a. Los partidos que ya han tenido representación tienen derecho a 20 y a 30 minutos de publicidad gratuita según los resultados que obtuvieron en las anteriores elecciones.

Más Madrid presentó un recurso ante la decisión del organismo provincial que actúa como árbitro electoral y le recordó que 12 diputados electos y 12 concejales, incluyendo la alcaldesa, integran sus listas para la Comunidad y el Ayuntamiento.

La Junta Electoral Central le dio la razón a la provincial, en línea con la doctrina sobre los partidos de nueva creación. En su acuerdo, la JEC subraya que Ahora Madrid no se presentó a las elecciones a la Asamblea de Madrid de 2015, y recuerda un escrito de ese mismo año de la formación en el que solicitaba que al no concurrir Ahora Madrid a las elecciones autonómicas y Podemos a las municipales, pudieran designar a la misma persona como apoderada de ambas. Que diputados de Podemos hayan dejado su formación para integrarse en otra es una circunstancia que "no puede ser tenida en consideración con los criterios que la legislación electoral establece", dice la decisión.

Carmena sí tiene representación y es la principal autoridad del Ayuntamiento de Madrid. El partido instrumental con el que resultó elegida en 2015 fue sin embargo Ahora Madrid, y no Más Madrid, la nueva formación con la que se presenta en esta ocasión. En el caso de Errejón, el candidato no ocupa ningún cargo institucional en la Comunidad de Madrid que aspira a presidir. Aunque todavía es oficialmente miembro de Podemos, no concurrirá con ellos a las elecciones.

Ante la decisión de la JEC, que es firme, cabe recurso ante el Tribunal Supremo. Fuentes de la formación aseguran que su equipo jurídico recurrirá.

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