La Junta Electoral abre expediente al Ayuntamiento de Madrid y a Podemos por la proyección de los papeles de Bárcenas
El órgano provincial también estudia sancionar a Irene Montero, Pablo Echenique, Juan Manuel del Olmo e Isabel Serra por difundir la campaña en redes sociales
La Junta Electoral Pronvincial de Madrid (JEPM) ha abierto un expediente sancionador al Ayuntamiento de Madrid, gobernado por Manuela Carmena, por posible infracción electoral al autorizar la proyección de los papeles de Bárcenas el sábado pasado en la plaza Mayor. El órgano, que vigila la neutralidad en los periodos electorales, estudia sancionar también —además de a Podemos, responsable del acto en la céntrica plaza madrileña— a sus dirigentes Irene Montero, Pablo Echenique, Juan Manuel del Olmo e Isabel Serra, por difundir la campaña en redes sociales.
El PP denunció la proyección, que formaba parte de la campaña de Podemos Que no vuelvan, y la JEPM pidió alegaciones tanto al Ayuntamiento como a Podemos. Después de analizarlas, entiende que la proyección, organizada por el partido liderado por Pablo Iglesias, supone una infracción del artículo 53 de la Ley de Régimen Electoral General (LOREG), que prohíbe la realización de actos desde la convocatoria de elecciones hasta el inicio de la campaña.
La JEPM abre expediente también al Ayuntamiento porque la "cesión de un espacio público emblemático de la ciudad de Madrid, la fachada de la Casa de la Panadería de la plaza Mayor" contraviene el artículo 50.2 LOREG. Este punto de la ley "prohíbe que los poderes públicos favorezcan la realización de actos de propaganda electoral menoscabando el principio de neutralidad", como subraya el acuerdo de la JEPM. Además de al Gobierno municipal, la junta electoral expedienta al concejal del distrito Centro, Jorge García Castaño, y a "cualquier otra autoridad que resulte responsable de la cesión".
Un portavoz del gobierno municipal ha anunciado que presentará un recurso contra la decisión. Como en los días pasados, el Consistorio insiste en desvincularse de los hechos y afirma que "el Ayuntamiento de Madrid no puede ni debe hacer un control preventivo de la acción política de los partidos políticos ni del contenido de sus actos en vía pública".
El Ayuntamiento asegura que la autorización para instalar "elementos en vía pública" obedeció al objetivo de "favorecer el uso del espacio público para cualquier tipo de actividad, ya sea de particulares, empresas o partidos políticos, en pro de la salud democrática de la ciudad de Madrid".
Las multas por infracciones de la LOREG oscilan entre 100 y 1.000 euros para ciudadanso y 300 y 3.000 euros para autoridades y funcionarios. El Ayuntamiento se enfrenta también a una sanción de hasta 60.000 euros por haber autorizado la proyección en un Bien de Interés Cultural (BIC) sin haber solicitado autorización a la Comisión Local de Patrimonio Histórico. La portavoz del gobierno municipal, Rita Maestre, explicó este jueves en la rueda de prensa tras la Junta de Gobierno que no hicieron ese trámite al considerar que una proyección no daña el edificio ni su fachada.
“Es urgente que Carmena de la cara y explique cómo es posible que el Ayuntamiento cediera a Podemos un espacio tan emblemático para violar la ley electoral y cuál es su complicidad en esto”, manifestó este jueves el candidato del PP al Ayuntamiento, José Luis Martínez Almeida.
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