Exceso o mesura: juicio a los policías del 1-O
Los jueces catalanes responden de forma dispar a las denuncias por el uso de la fuerza durante el referéndum
El juicio del procés parece una muñeca rusa donde caben otros juicios: a altos cargos del Govern (por preparar el referéndum), a los Mossos (por no evitarlo) y a las fuerzas del Estado (por las cargas para impedir la votación). Las denuncias contra agentes de Policía y Guardia Civil por su papel el 1-O se ventilan en decenas de juzgados catalanes. Aunque las respuestas son dispares, parten de una premisa: la orden judicial avala a los antidisturbios si actúan con proporcionalidad, pero no da carta blanca a los excesos.
Dos realidades paralelas emergen en el Tribunal Supremo a propósito de la violencia. La Fiscalía sostiene que los agentes debieron usar la “mínima fuerza” ante la resistencia “activa” de los ciudadanos. Los acusados replican que la “represión” fue brutal ante una resistencia que, como mucho, fue “pasiva”. “Ni olvido ni perdón”, claman los independentistas.
Ante la avalancha de denuncias, la justicia está actuando de forma dispar. Algo razonable porque el juez tiene libertad de criterio y porque cada actuación es distinta: no es lo mismo el lanzamiento de una pelota de goma que dejó sin ojo a Roger Español (escuela Ramon Llull) que el empujón, para abrir paso, a una mujer que acabó golpeándose con el marco de la puerta de forma fortuita (instituto Víctor Català).
Esos dos episodios ocurrieron en Barcelona y los ha ventilado el mismo juez: Francisco Miralles, titular del juzgado número 7, que mantiene investigados a 24 agentes y mandos de la Policía por delitos de lesiones y contra la integridad moral. Lo recuerdan las defensas en el Supremo, donde lograron exhibir vídeos del 1-O hasta que Manuel Marchena lo impidió y dejó las ocho horas de grabación para la fase documental. Así como investiga cuando hay excesos, el mismo juez se frena cuando no los ve: así ha archivado ya medio centenar de denuncias.
La orden del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (27 de septiembre de 2017) de impedir el referéndum avala, a priori, la actuación policial. El uso de la fuerza es “legítimo”, recuerda Miralles en sus autos, si hay “justificación” y es “proporcional”. Bajo ese supuesto, una juez de Manresa (Barcelona) archivó ayer la denuncia de 19 ciudadanos lesionados en un colegio de Castellgalí. No hubo “exceso policial” sino el uso de la “mínima fuerza imprescindible”, dice el auto, que critica la resistencia “activa” de los 200 ciudadanos reunidos allí.
“Patente de corso”
La Audiencia de Barcelona ha fijado criterios. Hay que analizar “en cada caso” si el uso de la fuerza estaba “amparado” por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) o fue “desproporcionado e innecesario”. “No podemos otorgar patente de corso para cualquier acción de violencia”, dicen los magistrados, que dan por hecha la “desmesurada violencia” en algunos colegios electorales. Otro auto de la Audiencia de Barcelona (distinta sección) va más allá y critica que la Guardia Civil empleara la fuerza —habla de un instituto de Sant Joan de Vilatorrada, con 14 heridos leves— ante un referéndum que no tenía “ninguna consecuencia jurídica”. Además, hubo “excesos” en el uso de las porras contra los ciudadanos, concluye.
Aún es pronto, pero el balance provisional sonríe a los cuerpos de seguridad. En su declaración ante el Tribunal Supremo, el exdelegado del Gobierno en Cataluña Enric Millo afirmó que se han archivado “más de 100 casos” y que no hay “ninguna condena”. “La actuación fue ejemplar”, zanjó Millo. Los procesos están vivos, pero es cierto que por ahora no hay sentencias condenatorias y sí dos absoluciones: la primera, en Lleida, donde la juez no dio credibilidad al denunciante.
Los jueces dan carpetazo a los asuntos, a veces sin una mínima investigación y, otras, al entender que actuaban bajo el paraguas de una orden judicial. Y, aun cuando sospechan que hubo lesiones leves, hay magistrados que archivan los casos por falta de autor conocido, o bien porque no hay imágenes. Pero a veces se ven obligados a rectificar. La Audiencia de Tarragona ordenó a un juez que, al menos, se dignase a tomar declaración al vecino del Sarral (1.500 habitantes) que denunció haber sido lesionado el 1-O.
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