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La Audiencia de Barcelona cuestiona el uso de la fuerza para impedir el 1-O

El tribunal dice que el referéndum no tenía "consecuencias jurídicas" y acusa a la Policía y a la Guardia Civil de falta de proporcionalidad

Cargas policiales en Sant Joan de Vilatorrada el 1-O. En vídeo, el referéndum del 1-O, resumido en cuatro minutos.Vídeo: Regió 7 | EPV
Jesús García Bueno

La Audiencia de Barcelona ha puesto en duda la necesidad de que la Policía y la Guardia Civil evitaran, por la fuerza, el referéndum de independencia del 1 de octubre de 2017. En una resolución sobre una actuación concreta —la de un instituto público de Sant Joan de Vilatorrada—, pero de hondo calado político, los magistrados consideran que los agentes pudieron haberse ahorrado la intervención ante un referéndum "sin consecuencia jurídica alguna".

La resolución —que cuenta con el voto discrepante de uno de los tres magistrados— señala que la actuación de la Guardia Civil en el instituto, donde dejó a 14 ciudadanos heridos leves, no fue "proporcional". La Audiencia admite que los agentes seguían instrucciones del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que había ordenado impedir las votaciones ilegales, pero sin alterar la convivencia ciudadana. Los mandos, sin embargo, "deberían haber valorado" que, para lograr ese objetivo, "era altamente probable" que se provocaran lesiones y, de paso, se deteriorase "la imagen de las instituciones".

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Los agentes debían impedir que se votara, sí. Pero si hubiesen permitido que las votaciones siguieran adelante tampoco habría pasado nada, viene a decir la Audiencia. "El resultado de la misma", afirma la resolución, "no hubiera tenido las consecuencias jurídicas pretendidas por los organizadores, por ser antijurídica". La prueba de todo ello, sigue el auto judicial, es que "en otros lugares de Cataluña no hubo actuaciones policiales" y, pese a los votos y el recuento de resultados, no hubo "consecuencia jurídica alguna". Para "limitar los derechos fundamentales de los ciudadanos", recuerda la resolución, debe valorarse la "Idoneidad, necesidad y proporcionalidad" de la actuación.

En el auto, la Audiencia de Barcelona resuelve un recurso planteado por las partes y admite que se practiquen distintas diligencias para averiguar lo ocurrido en el instituto de Sant Joan de Vilatorrada. Los magistrados señalan que hubo un uso "excesivo" de las porras en los golpes a ciudadanos.

En su voto particular, la magistrada Rosa Fernández Palma se muestra en desacuerdo con la resolución. Cuestiona, entre otras cosas, la alusión al referéndum porque "da la apariencia de posicionamiento sobre la conveniencia general de las intervenciones policiales del día 1 de octubre de 2017".

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Sobre la firma

Jesús García Bueno
Periodista especializado en información judicial. Ha desarrollado su carrera en la redacción de Barcelona, donde ha cubierto escándalos de corrupción y el procés. Licenciado por la UAB, ha sido profesor universitario. Ha colaborado en el programa 'Salvados' y como investigador en el documental '800 metros' de Netflix, sobre los atentados del 17-A.

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