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Los auditores señalan que la compra de Emissao por el Canal fue una “operación fraudulenta”

El análisis jurídico indica la posible comisión de delitos societarios, de administración desleal, de aprobación indebida, blanqueo de capitales y malversación de caudales públicos

Entrada principal de Canal de Isabel II en Madrid.
Entrada principal de Canal de Isabel II en Madrid. Santi Burgos

El bufete Herbert Smith FreeHills, que elaboró un análisis jurídico sobre la compra de la empresa de aguas brasileña en 2013 por parte del Canal de Isabel II, y al que ha tenido acceso EL PAÍS, concluye que en la compra se pudieron cometer “operaciones fraudulentas” y se pagó “un precio superior al valor” de la compañía. Indican que la operación se realizó usando bancos suizos y de Miami. Entre los probables ilícitos penales que menciona, se señalan un delito societario, de administración desleal, de aprobación indebida, de blanqueo de capitales y de malversación de caudales públicos. 

El llamado caso Lezo gira en torno a la adquisición por parte de Canal Extensia –una sociedad del Canal de Isabel II- de la empresa Emissao durante el mandato del expresidente regional Ignacio González. En teoría, en la compra se desviaron fondos públicos que terminaron en comisiones para los participantes en la operación financiera.

La actual presidenta regional, Cristina Cifuentes encargó, presionada por el inicio judicial del caso, auditorías para determinar la implicación del Canal en la supuesta operación fraudulenta. El resultado de los análisis, el primero de ellos es realizado por Ernst & Young (E&Y), es entregado el 13 de julio de 2016 a la Fiscalía, dadas sus conclusiones. Durante meses la oposición parlamentaria reclama en vano conocerlos. Cifuentes rechaza su petición con el argumento de que los documentos forman parte del sumario, que está declarado secreto. El juez, finalmente, le indica en agosto pasado que debe entregar los archivos a la oposición. Pero la documentación se traspapela durante meses. Cuando salta el escándalo, Cifuentes admite su error, destituye al subdirector general de Régimen Jurídico y entrega los documentos a la Asamblea.

El informe del bufete Herbert Smith FreeHills, fechado el 12 de mayo de 2017 y efectuado a partir del de E&Y,  es demoledor. Recuerda que en 2012 Edmundo Rodríguez Sobrino, hombre de confianza de González y directivo del Canal, pidió que Canal Extensia o Inassa (ambas empresas del Canal) “invirtiesen en una sociedad de nacionalidad brasileña (Emissao)”. Entre enero y marzo de 2013, Inassa analizó la sociedad sudamericana y determinó que había “graves riesgos operativos, que podían causar pérdidas potenciales debido a la falta de control”. El 3 de abril de 2013, el consejo de administración de Canal Extensia aprobó la adquisición del 40% de Emissao a través de una sociedad llamada Soluciones Andinas de Agua. Se acordó desembolsar 15 millones de dólares

En junio de 2013, Canal Extensia e Inassa adquirieron el 100% de las acciones de Soluciones Andinas (al 50%) por 5.500 euros. La cesión de las acciones se hizo por parte de dos sociedades denominadas Yavagango Investments Inc y Tana Investment Company. Pero “a pesar de que se transmitieron todas la cuotas sociales” desde estas sociedades a las dos empresas del Canal, Yavango permaneció como administrador de Soluciones Andinas, siendo necesaria su participación en la toma de decisiones”.

En septiembre de 2013, Inassa aprobó comprar el 75% de Emissao por 31 millones de dólares. En octubre Extensia hizo lo mismo por 29,5 millones. Unos días después, la auditora KPMG puso de manifiesto “una serie de deficiencias de control y gestión en Emissao, así como posibles contingencias fiscales”. El octubre de ese año, se firmó el contrato que preveía “que parte de dichos pagos se harán en cuentas de bancos suizos” y desde una cuenta de Inassa en el Helm Bank Miami.

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Los auditores indican que tras la operación se detectaron en Emissao “ajustes negativos” por 15,2 millones de dólares y positivos por 8,4. Y eso que Emissao recibió fondos por parte de Inassa por valor de 10,5 millones y las “cuentas anuales de Inassa en 2015 reflejan un valor de cero euros por su participación en Soluciones Andinas, mientras que las de Canal Extensia reflejan un valor de 3.000 euros”.

El bufete concluye que la operación “podría no solo carecer de todas justificación económica, sino que existirían indicios de que el propósito de la misma fuese obtener unas ganancias o plusvalías injustificadas de los vendedores”. Por ello, y a raíz de lo investigado, terminan: El juez debe investigar posibles “delitos de administración desleal en su modalidad de apropiación indebida, junto con la posible malversación de caudales públicos”. “La concurrencia de otros posibles delitos dependerá del resultado de la instrucción y de las personas que aparezcan como autoras de los hechos descritos, sin que sea posible avanzar cabalmente ninguna otra apreciación preliminar”.

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