Condenados dos jóvenes de Málaga por agredir a una prostituta por ser transexual
El juez aprecia el agravante de odio en las lesiones que causaron a la víctima el pasado 16 de agosto
Dos jóvenes de Málaga han sido condenados por agredir a una prostituta el pasado 16 de agosto por su condición de transexual en un polígono industrial de la ciudad andaluza. El juez ha impuesto a los acusados, de 18 y 19 años, penas de dos años y un año y 8 meses de cárcel, respectivamente, y ha apreciado el agravante de odio, tal y como reclamó la fiscalía en el juicio celebrado el 10 de octubre en el Juzgado de lo Penal 7. Los acusados han sido absueltos del delito de robo con violencia que les imputaba el ministerio público.
Los chicos han sido condenados por un delito menos grave de lesiones y en ambos casos se ha tenido en cuenta el atenuante de reparación parcial del daño. En el caso del joven de 19 años, también el de alteración psíquica. La agresión ocurrió sobre las 3.10 del 16 de agosto, cuando los dos acusados, junto a otros dos amigos menores de edad, decidieron pasarse por el polígono Guadalhorce de Málaga antes de dirigirse hacia el real de la Feria con el objetivo de "mofarse" de las prostitutas y transexuales que prestan sus servicios sexuales en esta zona.
En un momento determinado, conscientes de la condición de transexual de la víctima, empezaron a lanzar expresiones homófobas, como "travestis, recordad los huevos" o "tenemos el pene más grande que vosotros". Entonces, según relata la sentencia, empezaron a lanzar piedras hacia donde se encontraba esta mujer junto a una compañera. Al ser recriminados por la primera, los jóvenes fueron hasta una nave cercana para coger un palo metálico y regresaron con "el ánimo de menoscabar" su integridad y agredirla.
Los dos acusados golpearon a la víctima transexual. Uno de los condenados utilizó la barra. El otro no, aunque el fallo judicial considera probado que también participó en la agresión. Después se montaron todos en el coche y huyeron. El juez ha absuelto a los dos jóvenes del delito de robo con violencia porque entiende que ninguno de ellos fue consciente de que los menores de edad que los acompañaban habían robado el bolso de la víctima.
El magistrado ha aplicado el agravante por motivos discriminatorios en atención a la orientación, condición e identidad sexual de la víctima. Los dos acusados, durante el juicio, rechazaron que el ataque (uno de ellos negó su participación) se produjera por la condición de transexual de la víctima y lo justificaron en que ella había tirado una botella contra el coche. La sentencia, sin embargo, dice que el lanzamiento de ese objeto no está probado y recuerda "los insultos de claras connotaciones homófobas" hacia la mujer transexual. El fallo se puede recurrir en apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga.
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