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El juez destapa excesos urbanísticos que hundieron las arcas de Sanxenxo

El juzgado cierra la instrucción de varias causas con 13 imputados, entre ellos una exalcaldesa y varios técnicos municipales

La instrucción por presuntas irregularidades en la Gerencia de Urbanismo de Sanxenxo (ya desaparecida por falta de presupuesto en 2013) ha concluido con 13 imputados. El juez ha dado traslado al fiscal de dos de las cinco causas para que formule acusación y ha acordado el archivo de otras tres entre las que se encontraba la que implicaba a la entonces responsable de esta área municipal y actual secretaria general de Urbanismo de la Xunta, Encarnación Rivas.

Después de cuatro años de investigación, el caso ha puesto en evidencia los excesos de una política urbanística incontrolada en el mayor centro turístico de las Rías Baixas y en plena efervescencia de la burbuja inmobiliaria. Unos excesos y errores en la gestión urbanística que colocaron al Ayuntamiento en unos niveles de endeudamiento insoportables y que suponen a largo plazo el 70% de su presupuesto.

El juez –que admite no haber podido llegar al fondo de algunas de las actuaciones o no apreció materia punible y solo falta administrativa- describe “conductas tendenciosas” de los técnicos y actuaciones “irresponsables” que han causado perjuicios a propietarios de viviendas como las de la calle Progreso, que acabaron afectadas por una orden de derribo porque la licencia era ilegal.

El caso que arrancó por la denuncia de tres vecinos enfila su recta final con la posible apertura de juicio contra la exalcaldesa popular Catalina González y el arquitecto Carlos Besada, imputados por presuntos delitos de prevaricación y contra la ordenación del territorio. También los que fueran arquitectos técnicos municipales, Rafael Vázquez Abal y Pablo Guío, y las exasesoras de Urbanismo Ana Belén Louro y Soledad Leiro están imputados por presunto tráfico de influencias.

Asimismo podrían ser acusados por el fiscal por un delito contra la ordenación del territorio la arquitecta Elena López Fernández y el exconcejal de Urbanismo Ángel Casal, además de Rubén Campos, Juan Manuel Ferro y Jesús Mesego, relacionados con la constructora Ferro Mesego, y dos particulares, Carmen Montes Gómez y José Luis Jorge Valladares.

Uno de los procedimientos que no se han archivado está relacionado con la segregación y edificación de varios chalés por las entidades Ferro-Mesego C.B. y Promociones Inmobiliarias Lucasor por delitos contra la ordenación del territorio, al haberse construido en suelo no urbanizable. La causa se dirige contra los promotores, políticos y técnicos que informaron favorablemente los proyectos contrarios a las normas de ordenación.

Tampoco se han archivado las diligencias por la segregación y construcción de un chalé en la playa de Montalvo por la promotora Canaleiro Inversión por los delitos contra la ordenación del territorio y tráfico de influencias. Consta que el mismo día que la promotora solicita licencia, 27 de marzo de 2007, el técnico Pablo Guío emitió informe favorable que es verificado por el gerente de Urbanismo, Rafael Vázquez, su asesora Ana Louro y finalmente avalado por el presidente de la Xerencia de Urbanismo, Ángel Casal.

En agosto de 2011 se concedió a la constructora licencia de primera ocupación aunque en la documentación constaban modificaciones de la zona de acceso a la vivienda, alteraciones en la fachada, en la superficie del sótano o la construcción de un balcón. “Los técnicos", señala el auto, "hicieron caso omiso y no requirieron documentación que justificasen las modificaciones” por parte de la técnica municipal María Soledad Leiro (que además era consejera delegada de la promotora Canaleiro Inversión) ni por la arquitecta encargada de la ejecución de las obras, Elena López.

Un supuesto delito de prevaricación administrativa que implicaba a Encarnación Rivas también se archiva al igual que el otro caso relacionado con el polémico edificio de dos bloques de viviendas construido por la empresa Balboa y Chan en el centro de la ciudad y en el que estaban imputadas por supuesto tráfico de influencias otras ocho personas, entre técnicos y promotores.

El juez hace un minucioso relato del caso más paradigmático de los que se investigaron y concluye que es “una actuación administrativa ciertamente llamativa, pues pendiente la resolución judicial de legalidad o no de la licencia concedida, el día 11 de mayo de 2009, se aceleran todos los trámites administrativos para otorgar la licencia de primera ocupación”.

El mismo día que la promotora presenta la documentación que había sido requerida, se visan los proyectos y se emite informe técnico y jurídico. Todo ello, dos semanas antes de que el Juzgado Contencioso de Pontevedra anulara la licencia. ”Estaríamos ante la consolidación de una irregularidad administrativa” y “una actuación criticable desde el punto de vista del correcto gestor público, de la igualdad de trato entre los administrados, o si se quiere, hasta una actuación temeraria al otorgar una licencia de primera ocupación para una edificación cuya licencia de construcción había sido declarada nula” aunque no era todavía firme. Subraya el juez el perjuicio causado a los compradores de las viviendas y del propio Ayuntamiento, que tiene que acometer la orden de derribo con unos elevados costes para las ya debilitadas arcas municipales.

El caso denunciado contra el técnico Pablo Guío por las obras que llevó a cabo en su vivienda también se archiva aunque para el juez resulta igualmente “llamativo” que la gerencia de urbanismo actuara solo cuando el asunto es denunciado por un representante de la oposición municipal, cuando ya existían atestados de policía local adscrita a la gerencia de urbanismo que “deberían servir de base para la incoación del expediente de disciplina urbanística”.

Y añade el juez: “Esta conducta de los distintos técnicos semejan ciertamente tendenciosos a la hora de evitar una responsabilidad disciplinaria urbanística, con las consecuencias que podría aparejar para uno de los empleados y técnicos de la gerencia, Pablo Guío, pues las obras se ejecutaban en su vivienda” sin ningún tipo de licencia municipal, que no solicita hasta que conoce el atestado de la policía local. “Todos los técnicos e intervinientes pasaron por alto que la vivienda carecía de licencia de primera ocupación, por lo que no podría ser utilizada”, añade el auto.

El error en un certificado de habitabilidad de una vivienda unifamiliar corregido ocho años después por los técnicos cree el juez que debe considerarse un fallo de redacción “que vino unido a la dejación de los responsables de Urbanismo del Ayuntamiento a la hora de corregir los defectos denunciados, pese a los requerimientos de los afectados que fueron siempre desatendidos”.

ACTUALIZACIÓN

La causa seguida contra Doña Ana Belén Louro País fue sobreseída mediante Auto de Sobreseimiento libre dictado el 28 de abril de 2016

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