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el final del terrorismo

La Ertzaintza detiene a cuatro de los siete miembros de Segi condenados

La sentencia, que absuelve a otros nueve acusados, afirma que las denuncias de torturas "no se han acreditado en lo más mínimo"

La Ertzaintza ha detenido en las últimas horas a cuatro de los siete miembros de Segi que han sido condenados a sendas penas de seis años de cárcel por la Audiencia Nacional. La policía vasca busca a los tres restantes.

La sentencia condena a siete acusados que fueron juzgados el pasado mes de diciembre a penas de seis años de cárcel por el delito de integración en banda armada. Otros nueve acusados son absueltos. Los siete condenados son Ibon Esteban, Xabat Moran, Aiala Zaldibar, Bergoi Madernaz, Igarki Robles, Marina Sagastizabal y Ainhoa Villaverde.

El tribunal envió esta mañana las órdenes de detención e ingreso en prisión a los agentes de la Policía vasca ya que cinco de los condenados residen en Alava y uno en Bizkaia. A ellos se añade otro más residente en Navarra por lo que la orden de detención fue comunicada a la Policía Nacional

La policía vasca detuvo en Bilbao a Xabat Morán y a la vitoriana Marina Sagastizabal, mientras que en la capital alavesa se produjo la captura de Bergoi Madernaz y Ainhoa Villaverde que serán conducidos a prisión en las próximas horas.

El proceso fue abierto con acusaciones para 28 miembros

El juicio celebrado en diciembre sentó en el banquillo inicialmente a 28 acusados de pertenecer a la organización juvenil ilegalizada, aunque, al final, el fiscal retiró la acusación para doce de ellos. La acusación pública reclamó penas para los 16 restantes, aunque el tribunal ha acordado la absolución de nueve de ellos.

La sentencia, que absuelve a otros nueve acusados, afirma que las denuncias de torturas alegadas por los encausados "no se han acreditado en lo más mínimo".

La resolución dice que Ainhoa Villaverde era la coordinadora de Segi en Vitoria y que cuando se encontraba en los calabozos de la Audiencia Nacional para declarar ante el juez se le incautaron en la cazadora que vestía dos folios con matrículas de cuatro vehículos policiales. Aiala Zaldivar era un "mando intermedio" en Alava, subordinada a Villaverde.

También en Alava tenía responsabilidades Bergoi Madernaz, mientras que Marina Sagastizabal era la responsable del grupo de Segi en el barrio de Judizmendi e Igarki Robles lo era del barrio de Aranbizkarra. Xabat Morán era el responsable de Segi en Bilbao e Ibón Esteban Scaloni, al que se intervino un manual para la confección de cócteles molotov, lo era del barrio pamplonés de la Rochapea.

La sentencia se ocupa de las denuncias de torturas que presentaron los acusados que relataron "situaciones rayanas con escenarios de terror". "Lo que resulta obvio, a los fines perseguidos por las defensas, es que tan estremecedores relatos vengan refrendados por pruebas que acrediten su veracidad", dicen los jueces que apostillan que "eso es lo que falta aquí".

Los magistrados sostienen que "la orfandad" de pruebas no queda ni siquiera paliada por la prueba pericial que se llevó a cabo a instancias de las defensas con peritos particulares. Menciona quiénes fueron los peritos y la declaración que hicieron ante el tribunal, reprochándoles que no se entrevistaran con los abogados que asistieron a los detenidos, con los agentes a los que atribuyen las torturas, ni visitaran las dependencias policiales. "Lo cierto y verdad -dice la sentencia- es que tales informes se confeccionaron sólo teniendo en cuenta los encuentros mantenidos con los acusados y a veces también con los familiares de éstos y se realizaron para presentarlos en este plenario".

La sentencia menciona los requerimientos establecidos en el Protocolo de Estambul, que fue invocado por los peritos, y le reprocha a estos peritos que no haber tenido en cuenta todos los consejos de ese protocolo que recoge recomendaciones sin carácter vinculante. "Las alegadas torturas no se han acreditado en lo más mínimo", sentencian los jueces.

Los magistrados, además, consideran "muy significativa" la actitud de los procesados en el juicio ante los presuntos torturadores señalando que "desde luego tal actitud no arrojaba precisamente síntomas de estrés, de depresión, de angustia vital referidos por los peritos particulares".

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