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Balerdi, autor de ocho asesinatos, quedará libre el domingo tras un error

Ni la cárcel ni los jueces notificaron la interrupción de sus redenciones por haber sido sancionado

El etarra Juan Carlos Balerdi, condenado a más de 350 años por ocho asesinatos, quedará libre el próximo domingo después de que la Audiencia Nacional haya aprobado una nueva fecha de salida de prisión. Esto se produce tras el error que obligó a los jueces a aplicarle nuevas redenciones.

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ya ha comunicado esta nueva fecha de licenciamiento a la cárcel de Huelva en la que se encuentra el terrorista. Balerdi, de 53 años de edad, recuperará la libertad después 26 años preso.

La razón está en un auto dictado el pasado 9 de abril por la misma Sección Primera que obliga a contabilizarle unas redenciones que no se le habían aplicado entre 1989 y 1990 al haber sido sancionado por su mal comportamiento en la cárcel. Los jueces argumentan que aquellas sanciones no se incluyeron en su expediente dentro del plazo estipulado y por tanto hay que reconocerle su derecho a redimir en ese periodo.

"Procede por lo tanto reconocer el derecho a redimir", sentencia el auto, "al no haber acordado en tiempo y forma la baja por sanciones". La decisión afecta al período comprendido entre el 12 de agosto de 1989 y el 4 de septiembre de 1990.

Miembro del 'comando Eibar'

Juan Carlos Balerdi, detenido en abril de 1989, actualmente cumple condena en la cárcel de Huelva. Las cárceles del sur son en las que los sucesivos Ministerios del Interior han agrupado a los presos de ETA más irredentos.

Balerdi fue un activo pistolero de ETA a finales de la década de los ochenta en las filas de comando Eibar hasta que fue detenido por agentes de la Guardia Civil en abril de 1989 cuando tenía 27 años de edad. En total suma ocho asesinatos por los que fue condenado a 362 años de prisión.

Cuando un preso recibe una sanción grave deja de redimir durante el tiempo que cumple esa sanción. Según el auto de la Sección Primera de la Sala de lo Penal, Balerdi "incurrió en varias sanciones" en el periodo que va entre 1989 y 1990, pero matiza que no constan en su expediente. "Las sanciones debieron ser canceladas (cumplidas) y han prescrito", añade la resolución de la que ha sido ponente el magistrado Javier Martínez Lázaro.

Para interrumpir las redenciones por una sanción la Audiencia Nacional recuerda que es necesario "una propuesta de baja en redención y un auto motivado del juez de vigilancia que la acuerde". Tanto la propuesta como el auto "deben producirse en el plazo de cancelación de las sanciones" ya que, según advierte, "una vez canceladas, el interno se encuentra a estos efectos en una situación igual a aquella en la que se encontraría si no las hubiese cometido".

"Por tanto, si no hubo propuesta en su momento y no hubo resolución judicial no puede salvarse esta omisión meses o años después de la cancelación de las faltas a modo de indirecta y extemporánea sanción", concluye este auto en el que se precisa que no fue "hasta el año 2005 en el que sí aparece entregada al penado una notificación".

Por otra parte, el tribunal recoge que a la hora de firmar esa notificación, el terrorista en lugar de poner su nombre escribió "Dispersión no". "Sin declaración judicial no puede entenderse constituida esa situación excepcional en la aplicación del beneficio penitenciario", reitera.

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