Absueltos los siete exediles del PP de Santiago condenados por prevaricar
El fallo que revoca la sentencia que provocó la caída del gobierno local alega que no está demostrada la "consciente elaboración prevaricadora"
La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, ha revocado la sentencia que condenó a nueve años de inhabilitación por prevaricación a siete miembros del entonces gobierno local del PP en la capital gallega que aprobaron pagar con dinero público la defensa de un compañero imputado en el caso Pokémon pese a existir un informe en contra del secretario municipal. El fallo, que es firme, discrepa del juez Jesús Leal, que condenó a los concejales en la primavera de 2014 tras la instrucción realizada por Ana López Suevos, y sostiene que “no cabe apreciar que la decisión enjuiciada constituya la flagrante e inequívoca vulneración del ordenamiento jurídico” que requiere la prevaricación. Aquel fallo revocado ahora provocó una crisis municipal que acabó con la dimisión del entonces alcalde, Ángel Currás, también imputado en la Pokémon, y su sustitución por Agustín Hernández, entonces conselleiro de Feijóo, que formó un gobierno con concejales no electos.
El tribunal admite que el acuerdo adoptado por los ediles del PP —María Pardo, Cecilia Sierra, Francisco Noya, Amelia González, Juan de la Fuente, María Castelao y Luis García Bello— para financiar la defensa del entonces concejal Adrián Varela, acusado de cohecho y tráfico de influencias, fue “poco claro, técnicamente deficiente o contradictorio con la precisión exigible para el reconocimiento de obligaciones a cargo de fondos públicos” y no recogió “textualmente” las condiciones que establecía el informe jurídico. Sin embargo, los magistrados no aprecian “que ello sea fruto de una consciente elaboración prevaricadora de todos o alguno de los imputados”. Para el juez que los condenó, los exediles eran “plenamente conscientes” de que la imputación por corrupción de Varela no cumplía los requisitos del secretario para que se le pagase el abogado con dinero público.
Esa voluntad de prevaricar, añade el fallo, “es una hipótesis que no aparece más creíble y razonable que la tesis alternativa, según la cual, como siempre había ocurrido según se dijo por todos los declarantes, al aprobarse un acuerdo se asumía también, como elemento integrador de su contenido o sentido, el informe o informes que lo acompañaban y avalaban, salvo que se expresara otra cosa”.
Por otra parte, el presidente Feijóo anunció hoy que la diputada y exportavoz del PP gallego Paula Prado volverá a formar parte de la dirección regional del partido una vez que el juez instructor de la investigación abierta contra ella en el Tribunal Superior de Xutiza de Galicia (TSXG) por tráfico de influencias y fraude a la Administración haya propuesto cerrar el caso por no encontrar ningún delito. Feijóo considera que, a la espera de que la sala correspondiente del TSXG decida si archiva el caso, “la justicia acreditó la honestidad de la diputada” y esta “queda rehabilitada para cualquier importante función” que le pueda encomendar el partido.
Entre esas funciones, sin embargo, no estará volver a la portavocía que “por criterios de prudencia” se le retiró en junio del pasado año. Según Feijóo, Prado ha quedado marcada por la investigación iniciada contra ella por la juez Pilar de Lara en el marco del caso Pokémon a raíz de conversaciones telefónicas intervenidas en las que la popular alardeaba, según Aduanas, de haber inflado en 3.000 euros una factura muncipal. “Hay determinadas decisiones de poderes independientes que tienen un impacto a veces imposible de solventar, y el impacto que tuvo en el caso de la diputada Prado fue un impacto en su credibilidad como política y en su credibilidad como persona, y eso no se puede evitar”, sentenció Feijóo.
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