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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Reformar la GVA: transparencia

La regla básica para lograr un sistema de control que funcione, es sencilla: todo lo que hace el poder público debe estar disponible, de una manera u otra, en su integridad

Está tramitándose en estos momentos en Les Corts una norma autonómica en materia de transparencia de las Administraciones públicas que, en la estela de la estatal aprobada hace un año, pretende recoger todos los mandatos de esta e, incluso, en ciertos casos, ir más allá. Bien está que así sea, pues la ausencia de transparencia en los quehaceres administrativos y gestión del dinero público ha sido uno de los factores que más ha ayudado a la generación y agravación del fallo multiorgánico que ha llevado a la Generalitat Valenciana a su comatosa situación actual.

La regla básica en materia de transparencia administrativa para lograr un sistema de control que funcione evitando excesos, es bastante sencilla: todo lo que hace el poder público debe estar disponible, de una manera u otra, en su integridad, para que los ciudadanos (y no digamos ya sus representantes) puedan acceder a cualquier documento y contrastar y revisar hasta el más mínimo detalle y cualquier gasto, ya sea en F-1, ya sean asuntos nimios como la compra de ñoras. Solo dos o tres excepciones muy cualificadas pueden amparar excepciones a esta regla general, que han de ser interpretadas restrictivamente. Ya está. No solo es un sistema sencillo sino que, encima, en España ya lo previó en estos términos la Constitución de 1978 cuyo artículo 105 b) decía más o menos esto mismo y establecía como únicas excepciones aceptables tres: la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de delitos y la intimidad de las personas. ¿Cree alguien que en alguna de estas situaciones entran las decenas de actuaciones, de contratos de RTVV a encuestas de intención de voto, que el Consell lleva años negándose a hacer públicas, incluso después de sucesivas sentencias judiciales?

El problema es que en España, poco a poco, hemos ido aceptando más y más excepciones que han enturbiado la meridiana claridad de la regla constitucional. La nueva ley estatal de transparencia, que sí tiene la ventaja de establecer obligaciones activas de publicar cosas aun sin que sean pedidas, va en esta línea. Alegando que en Europa también se hace así en según qué países, se han aceptado más excepciones, algunas tan peculiares y abiertas como el respeto a la propiedad intelectual o las necesidades de la política económica, por mencionar solo dos ejemplos. El resultado es que a la hora de la verdad vamos para atrás y cada vez hay más posibilidades legales de justificar ciertas negativas a suministrar información.

Tenemos una ventaja, eso sí, respecto de la ley valenciana en elaboración. Como la actual mayoría parlamentaria tiene muy claro que en 2015 dejará de serlo es manifiesta cierta tentación de hacer una ley muy ambiciosa (para lo que son los cánones españoles) que, de paso, ¡servirá al PP valenciano para controlar al futuro gobierno, sea este el que sea! Pues bien, nada que objetar. Es más, afortunada casualidad que de ese interés partidista puedan derivarse innegables beneficios para el interés general. Una ley verdaderamente ambiciosa y que “dificulte” las pretensiones de opacidad de cualquier mayoría futura ha de ser bienvenida: es una de las cosas que la Generalitat necesita urgentemente si quiere aspirar, algún día, a poder volver a ser viable como un artefacto jurídico y administrativo capaz de servir de manera eficiente a los ciudadanos.

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