Casi la mitad de los 117 directivos de EiTB no procede del ente televisivo
El Tribunal Vasco de Cuentas constata que tres altos cargos fueron fichados en 2012 sin cumplir los principios de mérito y capacidad
Un total de 54 de los 117 directivos de EiTB no proceden del ente y han sido "fichados" de fuera, mientras que los otros 63 directivos proceden del personal fijo de la casa, según el informe del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (TVCP).
El Tribunal ha publicado hoy el informe de fiscalización de las cuentas anuales de EiTB correspondiente al ejercicio 2012, cuando el director general era Alberto Surio, relevado en marzo del pasado año tras el cambio de Gobierno.
Lo más destacado del informe, aprobado por unanimidad de los miembros del Pleno, es que en ese ejercicio 2012 accedieron a puestos directivos funcionales tres personas por aplicación del concepto de "profesionalidad" que se contempla en la ley de creación del ente.
Estas personas no tenían relación contractual previa con la empresa ni figuraban como altos cargos, siendo contratadas con contratos laborales fijos sin cumplir los principios de mérito y capacidad, tal y como exige, asimismo, la mencionada ley.
La situación no es nueva: en la plantilla vigente a 31 de diciembre de 2012 figuraban 117 personas como "personal directivo", de las que tres eran las incorporadas en 2012, y otras 51 en años anteriores, que son personal que no tenía relación contractual previa con el grupo EiTB, que han sido contratadas sin convocatoria pública y sin amparo en sistemas basados en los principios de mérito y capacidad.
Los 63 directivos restantes, hasta los 117, todas ellos incorporados con anterioridad a 2012, eran personal fijo del grupo que accedieron al puesto por el procedimiento de libre designación. La otra salvedad que ha destacado el Tribunal es que para la contratación del personal laboral temporal del ente y sus sociedades ETB y Eitbnet, se utilizaba una bolsa de trabajo preexistente que no clasificaba los méritos y capacidades de sus componentes, por lo que no se garantizaba el cumplimiento de los principios de mérito y capacidad.
No obstante, en la actualidad ha finalizado, para el 95% de las plazas convocadas, la OPE iniciada en 2010 que actualiza dicha bolsa de trabajo.
El Tribunal también advierte de que no existe ningún criterio objetivo previsto para la valoración y retribución de los puestos de jefatura, quedando a decisión de la dirección la valoración y asignación del sueldo. Por ello, recomienda que es necesario definir las características de los puestos de jefatura y asignar unos criterios de valoración objetivos de los mismos, en función de los requisitos exigibles, tales como grupo de titulación, conocimientos técnicos, dificultad, responsabilidad y disponibilidad.
El Tribunal opina que EiTB y sus sociedades dependientes han cumplido razonablemente la normativa legal que regula su actividad económico-financiera excepto por las salvedades que se concretan en el propio informe, que son sobre todos las citadas en el apartado de persona.
Sobre las cuentas anuales consolidadas del ente y sus sociedades dependientes, el Tribunal emite una opinión favorable, con solo algunas pequeñas consideraciones. Por ejemplo, que se ha incumplido el límite presupuestario establecido, superándolo en 293.242 euros, motivado principalmente por la necesidad de hacer frente a los compromisos con el cine vasco.
También cita que un importe de 483.647 euros del saldo pendiente de pago a los proveedores del grupo EiTB a 31 de diciembre de 2012 acumulaba un aplazamiento superior al plazo legal establecido de 75 días.
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