El gobierno de Santiago, al banquillo por prevaricación
La fiscalía pide inhabilitar a siete ediles por cargar a las arcas públicas la defensa de un imputado en la Pokémon
Es el último trámite para sentar en el banquillo a siete de los trece concejales de Santiago, los que componen la Junta de Gobierno, acusados de prevaricación. La titular del juzgado de Instrucción número 1 de Santiago, Ana López Suevos, notificó ayer la apertura de juicio oral a los siete ediles por haber acordado cargar a las arcas públicas la minuta del abogado elegido por Adrián Varela —compañero de corporación municipal y de partido, el PP— para defenderle en el caso Pokémon, donde sigue acusado de los delitos de soborno, fraude documental y prevaricación. La fiscalía comparte el criterio de la juez y solicita nueve años de inhabilitación para los siete ediles. El Gobierno que preside Ángel Currás lo fia todo a un recurso ante la Audiencia Provincial de A Coruña. La causa amenaza con tener efectos colaterales: según el código ético del PP, los ediles deben dimitir antes de sentarse en el banquillo. Fuentes de la dirección gallega del partido aseguraron ayer que esperarán a conocer el resultado del recurso antes de tomar ninguna decisión.
La defensa de los concejales —asumida por el propio presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo— alega que los ediles aprobaron el pago de la defensa de su compañero basándose en un informe del secretario del Ayuntamiento y que, por tanto, ha de descartarse el delito de prevaricación, consistente en tomar una decisión injusta a sabiendas.
Tanto la juez como la fiscal, Aránzazu San José, entienden que el dictamen del técnico municipal no facultaba a los concejales a pagar con dinero público la defensa del edil Adrián Varela. Dicho informe —redactado el 30 de mayo de 2012, el mismo día en que el concejal solicitó al gobierno local el pago de la minuta y que este fue aprobado en Junta de Gobierno— establece condiciones. Dice textualmente: “Sí que resulta conforme a Derecho el acuerdo municipal que apruebe asumir con cargo al presupuesto los gastos de representación y defensa de miembros de la corporación siempre que se den los requisitos fijados por la sentencia del Tribunal Supremo de 4 de febrero de 2002”. Y la sentencia del alto tribunal requiere de tres condiciones: que el motivo de la imputación guarde causa directa con la intervención de un miembro de la corporación en una actuación administrativa o de otra índole realizada en el cumplimiento de sus funciones”. Esa jurisprudencia también establece para poder pagar con dinero público la defensa del edil que su intervención no fuese “llevada a cabo con abuso, exceso, desviación de poder o en convergencia con intereses particulares”. Y por último exige que el concejal sea absuelto y se declare la inexistencia de responsabilidad criminal.
Juez y ministerio público sostienen que ninguno de estos tres supuestos se dieron el citado 30 de mayo de 2002, pese a lo cual la Junta de Gobierno acordó autorizar el pago de la minuta del ex juez decano de Santiago, Francisco Javier Míguez Poza, para que asumiese —en su nueva condición de abogado— la defensa de Adrián Varela. Los escritos de acusación recuerdan que ya en aquel momento —a la causa se aportaron recortes de prensa sobre el sumario— se sabía que este edil estaba inmerso en un caso de presunta corrupción (la denominada trama Pokémon, investigada por una juez de Lugo) que poco tiene que ver con el desempeño de su cargo. La fiscalía sostiene, por tanto, que el acuerdo fue “arbitrario” y se adoptó para “favorecer a su compañero” pese a “saber” que estaba imputado por delitos de corrupción. De ahí, la coletilla “a sabiendas” que introduce el escrito de la fiscal.
La instructora de la causa y el ministerio público llaman además la atención en sus respectivos escritos sobre el hecho de que el gobierno local que preside Ángel Currás autorizase el pago de la minuta de Míguez Poza sin prever ningún límite y sin reservar asignación presupuestaria. Y subrayan que el letrado fue elegido a dedo por el concejal sin que la Administración tuviese voz ni voto en su elección. Fuentes judiciales explican, que tal y como estaba redactado el acuerdo del Gobierno, facultaría al letrado a cobrar “cualquier importe que decidiese al Ayuntamiento de Santiago”. Las declaraciones como imputados de los siete ediles en el juzgado de Santiago ratifican, según las mismas fuentes, la existencia del presunto delito de prevaricación.
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