“Un macroproceso puede ser ingobernable y no es efectivo”
El responsable del ministerio público lamenta que la precariedad del sistema impida investigaciones de un cierto nivel y que, en algunos casos, la sanción por corrupción sea "irrisoria”
El nombramiento de Juan Carlos López Caballero (Sevilla, 1956) como fiscal jefe de Málaga se hizo público el 21 de marzo de 2012, justo el día en que Julián Muñoz declaraba ante el tribunal del caso Malaya por los supuestos sobornos que habría cobrado del cerebro de la trama, Juan Antonio Roca. El exalcalde ha sido absuelto de este delito de cohecho en la sentencia del macrojuicio por corrupción en Marbella y su condena se ha limitado a dos años de prisión por fraude. Es un ejemplo del sabor que ha dejado uno de los fallos más mediáticos de la historia judicial reciente: 131 años para 52 condenados, de 95 personas que fueron juzgadas. Anticorrupción reclamaba 490 años.
Pregunta. ¿Está medianamente satisfecho con la sentencia del caso Malaya?
Respuesta. No ha sido conforme a nuestras peticiones y ya hemos anunciado que la intención es recurrir. No me parece que haya sido adecuada.
P. ¿Qué se recurrirá?
R. El recurso de casación se interpone por la fiscalía del Tribunal Supremo, si lo considera oportuno. Mi función está en emitir un informe sobre los aspectos que entiendo que son susceptibles de ese recurso.
P. ¿Para quién pedirá que se agraven las penas?
R. Aún estoy elaborando el informe. Está en fase de estudio y preparación, la sentencia es extensa[A]. Como hay procesados que han tenido una pena menor de la que habíamos pedido, y otros absueltos, prefiero no contestar hasta que la fiscalía del Supremo manifieste cuáles son los términos del recurso. Para no crear ni falsas expectativas ni inquietudes añadidas.
P. La sentencia reproduce la tesis de la fiscalía, pero las penas han sido bastante menores que las que se pedían. ¿Qué ha pasado?
R. El núcleo esencial de la acusación está reflejado, tanto que se trata de un caso de corrupción generalizada prolongado en el tiempo como el enriquecimiento de una persona [ROCA]por la posición de dominio que tenía en ese Ayuntamiento. Las discrepancias sobre la responsabilidad penal expresada y fundamentada en la sentencia se sustentan básicamente en principios de interpretación jurisprudencial, como el de in dubio pro reo [en caso de duda se falla a favor del reo]. Donde se estima que no ha habido prueba suficiente se decanta por la absolución. Quiero trasladar que es una discrepancia habitual en la práctica diaria de los tribunales, no es algo excepcional. Por la notoriedad del caso se ha destacado de forma más expresiva, pero esas discrepancias entre acusación y sentencia están a la orden del día.
P. ¿Entiende la decepción ciudadana y que la gente piense y diga que robar sale barato?
R. Con lo que me sorprendo a veces es con el reproche implícito que se trasluce en esta crítica. No del ciudadano, sino de quien tiene el deber y el derecho de informar. ¿Por qué había expectativas? ¿Por qué es el proceso tan mediático? Pues porque existía interés para la opinión pública de manifestar todos los pormenores de esta investigación.
Un fiscal circunspecto y reivindicativo
Juan Carlos López Caballero fue designado fiscal jefe de Málaga en marzo de 2012 tras recibir 10 de los 11 votos del Consejo Fiscal. Se midió a otros cinco aspirantes. El resultado evidenció el consenso para poner al frente de una de las fiscalías más complejas del país a una persona que había actuado durante años contra la corrupción cuando la opinión pública aún no era realmente consciente de la cantidad de delitos que se podían cometer en una administración pública.
Desde 2004 era el delegado de la fiscalía Anticorrupción en Málaga y durante los seis años anteriores se encargó de los delitos de Medio Ambiente. Nunca se ha cansado de reivindicar más personal funcionario y el apoyo en las investigaciones de expertos en asuntos económicos y policías especializados para luchar contra la delincuencia organizada, muy presente en la provincia en prácticamente todas sus versiones.
Su primer destino fue Santa Cruz de Tenerife y trabajó en Sevilla, aunque se asentó muy pronto en Málaga, a mediados de la década de los ochenta. Aficionado a la guitarra española y al golf, es un hombre de pocas palabras que se muestra tímido ante los focos. No ha podido evitar las cámaras desde el estallido del caso Malaya, en marzo de 2006, aunque su actitud está muy alejada del perfil propio de un fiscal estrella. Además de las labores propias del cargo de jefe del ministerio público, continúa con los casos que llevó en Anticorrupción que aún están pendientes de juicio.
De su forma de ser dio pistas él mismo durante su puesta de largo como fiscal jefe. “Lo sabe todo, absolutamente todo. Figúrense lo tonto que será”, dijo en un momento del discurso, citando a Miguel de Unamuno. “El hombre que siente mucho, habla poco”, apuntó también, rememorando en esta ocasión a Platón.
López Caballero reivindica una Justicia del siglo XXI en medios e instalaciones, pese a ser consciente de los recortes por la crisis. “Para hacer una Justicia de calidad hay que hacer una gran inversión”, apunta.
P. ¿Entonces la culpa la tienen los medios? ¿Son los que crean esas expectativas?
R. No. Pero la expectativa que se frustra se genera por la información que se da sobre el asunto. Hay que leerse la sentencia. La frustración se produce porque las penas son muy inferiores a las pedidas por las acusaciones y habrá que ver cuál es el motivo. No he visto un análisis de una cierta entidad sobre el fondo de la sentencia. Porque ahí están las claves. Otra cosa es que lo comparta, que naturalmente que no, pero hay unas explicaciones. Es un juicio que se ha seguido en los medios de comunicación y pese a eso, no ha habido un análisis un poco más profundo de la sentencia. ¿Las expectativas? Si retomamos la historia de casos parecidos… En el caso Camisetas pedíamos prisión y se saldó con inhabilitación. En Saqueo 2 se ha absuelto a más del 50% de los implicados y las penas han sido menores. Es la dinámica normal de la acusación que se confronta con las defensas y los tribunales deciden. Siempre, o casi siempre, hay discrepancias. ¿Por qué en este caso había más expectativas que en otro? Esto forma parte, lo digo con todo respeto, de la opinión publicada.
P. Los investigadores, bien Policía o Guardia Civil, también pueden crear expectativas.
R. Eso forma parte de la misma dinámica. ¿Quién dice cuál es el caso más grande de corrupción? ¿Saqueo 1, Saqueo 2, Malaya, Gürtel, ERE? Ni he visto a un jefe o a un compañero ni a un magistrado decir que este es el caso de corrupción más grande. Supongamos que es un responsable político o el Ministerio del Interior el que lo afirma, suele ser en el inicio de la investigación. Desde el principio hasta lo que después se concreta hay un trecho. Siempre hay un padre y una madre de esta situación. Pero Malaya no es un caso de saqueo, ahí se examinaban unas responsabilidades determinadas. ¿Quién ha creado la expectativa de que robar en Marbella sale barato en relación a Malaya? Pues quien haya dicho que se trataban esos casos de saqueo que no están en Malaya. Es una operación muy importante y muy seria contra un caso de corrupción, como dice la sentencia, generalizada en esa corporación.
P. ¿Ayuda la fiscalía a crear esas expectativas?
R. Es indudable que la fiscalía toma una postura ante un acontecimiento delictivo. Y naturalmente, esto son perspectivas. En el supuesto de corrupción generalizada que se establece indiciariamente por las pruebas que aporta el equipo de investigación, en este caso formado por policías y la Agencia Tributaria, se llega a la decisión de imputar la figura más grave en el ámbito del cohecho. Eso es discutible, ha sido objeto de juicio y la sentencia no lo comparte, tiene otra visión.
P. ¿Se va a recurrir la parte del fallo que acuerda destinar el dinero decomisado y las multas a saldar la deuda de Marbella con el Estado?
R. Habrá que estudiarlo. En principio, el destino de las multas y de los bienes objeto de comiso es el Estado, según el Código Penal.
P. No es habitual que un tribunal dictamine en este sentido.
R. No es normal, pero también se explica en la sentencia por qué se hace [para resarcir por los perjuicios por la corrupción]. Habrá que estudiar si es una decisión correcta desde el punto de vista legal. Pero hay que esperar al recurso.
P. Recurrir eso sería impopular.
R. No creo que el sentido de la sentencia sea obtener popularidad en ese sentido. Es un pronunciamiento que no ha sido habitual, de hecho, no conozco ninguno, pero eso no quiere decir que sea insostenible. Habrá que analizarlo bien, ver si hay algún precedente. La interpretación tiene también siempre un momento de inicio.
P. En Malaya ha habido 95 procesados. El caso de los ERE, en instrucción, supera los 120 imputados. ¿Cuál es su experiencia en macrosumarios?
R. Un macroproceso nunca es efectivo. Estas causas, a veces, incluso se hacen ingobernables, desde el punto de vista de la investigación y de la acusación. Hacen falta equipos, aquí no tenemos esa mentalidad y es una de las grandes deficiencias de nuestro sistema de enjuiciamiento actual. Por eso, por la precariedad del propio sistema, no se pueden abordar investigaciones de un cierto nivel. El problema es que a veces no se pueden desgajar en procedimientos separados. Otra cosa es que en el mismo juicio se puedan celebrar por partes, pero a lo mejor hay una parte de la prueba que es común. Y a veces no es tan fácil delimitar la investigación a través de piezas separadas. Pero esa es una posibilidad que está en la ley.
P. ¿El Código Penal es efectivo contra la corrupción?
R. Es efectivo, pero a lo mejor debería dotarse de alguna regulación más precisa en algunos asuntos. Y desde el punto de vista procesal, permitir la utilización de determinadas técnicas especiales de investigación.
P. ¿A qué asuntos se refiere?
R. Básicamente al tipo de delito de cohecho. Las reformas posteriores han mejorado la respuesta penal, pero en algunos supuestos del Código Penal de 1995, la sanción de comportamientos de corrupción es claramente irrisoria. En Alemania se está enjuiciando al que fue presidente de la República por admitir unos pagos de muy escasa cantidad. Quizás habría que profundizar en no permitir ningún supuesto de soborno, por nimio que sea. Sobre los tipos relativos a la malversación, es preciso reflexionar sobre el alcance de la protección penal del patrimonio inmobiliario de las administraciones. Hay un catálogo de figuras delictivas que deberían dotarse de una mejor regulación y una mayor sanción. Por ejemplo, hay figuras que están en convenios internacionales, como el enriquecimiento injustificado cuando se trata de funcionarios y autoridades públicas. Habría que evaluar si no ha llegado ya el momento de incorporarlo como tipo penal a nuestra legislación. Aquellos casos en los que de forma notoria el patrimonio de una persona no se corresponde con el producto de su actividad.
P. Habla de soborno por nimio que sea. ¿Existe quizás la percepción de que un regalo determinado no es como el dinero?
R. Sí. Habría que reconsiderar todo lo que se refiere a la adecuación social de estos comportamientos. Pero se podría establecer un límite cuantitativo a partir del cual un regalo deja de ser un mero detalle y erigirse en delito. Que a partir de una cifra, la que sea, 500 o 1.000 euros, fuera un hecho constitutivo de delito.
P. ¿A qué técnicas especiales de investigación aludía antes?
R. Sobre todo a los agentes infiltrados o encubiertos. En la delincuencia organizada sí cabe utilizar estas técnicas especiales de investigación y creo que en estos supuestos de corrupción serían de gran utilidad. En el cohecho se castiga tanto al que ofrece como al que recibe, y eso implica un pacto de silencio implícito que dificulta poner de manifiesto estas prácticas. El agente encubierto sí se permite en el tráfico de drogas o en el blanqueo de capitales.
P. Estamos viendo algunas trifulcas entre jueces instructores y fiscales en los casos ERE y Nóos. ¿Tan difícil es entenderse?
R. Siempre he tratado, aunque a veces no ha sido bien entendido, de formar equipos, de integrarme como uno más en ese equipo cuya instrucción compete al juez. Esas discrepancias entre juez y fiscal forman parte del papel que cumple cada uno, aunque entiendo que desde fuera no se vea como una situación ideal. Habría que explicar a los ciudadanos que cada uno tiene un papel, que es distinto, y que son situaciones lógicas dentro del sistema. En el futuro, si sale el nuevo código procesal penal, la investigación que llevemos a cabo los fiscales sí será objeto de un filtro por parte del órgano judicial, y ahí seguramente se manifestarán discrepancias. Pero lo normal es que se vaya de la mano. En general hay una comunicación muy fluida entre juez y fiscal.
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