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Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Un aviso para la inhibición

De forma sutil, la Audiencia sugiere que Alaya está reteniendo la causa y evitando su envío al Tribunal Supremo o al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Luis Barbero

La Audiencia de Sevilla se ha pronunciado de forma inequívoca sobre un aspecto de la instrucción del caso de los ERE que había suscitado un intenso debate desde antes del verano: la obligatoriedad o no de la juez Alaya de concretar las imputaciones contra los altos cargos de la Administración andaluza una vez que decidió dar lo que llamó “un paso cualitativo” en la investigación. El tribunal ha corregido a Alaya y sostiene que debió especificar qué hechos delictivos considera que cometió Magdalena Álvarez en su etapa como consejera de Hacienda de Andalucía, así como la tipificación penal de esta actuación. No haberlo hecho supone una vulneración del derecho de defensa y a la tutela judicial efectiva.

La clave está en que la genérica imputación de Alaya deja abierta la puerta tanto a una supuesta responsabilidad penal in vigilando de los altos cargos de la Consejería de Hacienda por su falta de actuación ante las tropelías que se estaban cometiendo en el departamento de Empleo como a una actuación ilícita y concertada de los dos poderes propios de la comunidad: ejecutivo y legislativo. Palabras mayores.

Esta segunda opción, que Alaya viene apuntando una y otra vez sin indicios explícitos, implicaría que el Gobierno andaluz diseñó el procedimiento administrativo con el que se daban las ayudas del fondo de los ERE con el indiscutible fin de desviar dinero público. Este mecanismo, además, sería avalado por el Parlamento mediante la aprobación de las leyes de Presupuestos. La Audiencia de Sevilla reconoce que se trata de una “construcción sugerente”, pero que la juez no ha conseguido justificar con pruebas.

Y es en este punto donde la Audiencia de Sevilla abre un camino que puede ser definitivo en el caso de los ERE, que se encamina hacia su tercer año de instrucción. Sin tener que hacerlo, porque no era materia del recurso, el tribunal aborda la “posible participación de aforados” en la causa (“a los solos efectos dialécticos por si fuera de interés”, precisan los jueces).

De forma sutil, la Audiencia sugiere que Alaya está reteniendo la causa y evitando su envío al Tribunal Supremo o al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. ¿Por qué? Porque de todos los exconsejeros que la juez considera implicados en el fraude solo ha actuado contra Álvarez. Los demás están aforados y si Alaya los señalara de forma expresa tendría que inhibirse.

El aviso de la Audiencia a Alaya llega después de que Anticorrupción haya cuestionado abiertamente su instrucción en las últimas semanas, críticas que la juez ha ignorado. Firme de convicciones, habrá que ver si también hace oídos sordos a la Audiencia.

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Sobre la firma

Luis Barbero
Es subdirector de Actualidad de EL PAÍS, donde ha desarrollado toda su carrera profesional. Ha sido delegado en Andalucía, corresponsal en Miami, redactor jefe de Edición y ha tenido puestos de responsabilidad en distintas secciones del periódico.

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