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El exalcalde de Santiago deberá pagar 291.000 euros para evitar ir a la cárcel

El exalcalde de Santiago alegará en el recurso “que no hubo intención de defraudar”

El exalcalde de Santiago
El exalcalde de Santiago ANXO IGLESIAS

El abogado del exalcalde de Santiago Gerardo Conde Roa adelantó ayer que repetirá en el recurso ante la Audiencia Provincial su estrategia de defensa en este caso y alegará que su cliente no tuvo intención de defraudar a Hacienda. En declaraciones a Europa Press, el letrado Ramón Sabín aseguró que la condena al regidor compostelano es injusta y señaló que cuando recurra —tiene 10 días de plazo para hacerlo— aportará jurisprudencia de otros casos de fraude fiscal para demostrar que hubo otras sentencias con “penas muchísimo menores”.

 El fallo condena al que fue regidor de Santiago por el Partido Popular entre mediados de 2011 y 2012 —hasta que se vio forzado a dimitir por este caso— a dos años de prisión y una multa de 580.000 euros, el doble de la cantidad defraudada a Hacienda. Al no tener Conde Roa antecedentes penales y puesto que la pena no excede de dos años, el exalcalde compostelano no tendría que ingresar en prisión siempre que haga frente a la responsabilidad civil y abone el dinero escamoteado al fisco: 291.000 euros. Lo establece el Código Penal en su artículo 81, que señala una salvedad: “Que el juez o tribunal sentenciador, después de oír a los interesados y al ministerio fiscal, declare la imposibilidad total o parcial de que el condenado haga frente a las mismas”. Es decir, Conde Roa debería acreditar una situación de insolvencia para evitar la prisión.

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Las pruebas practicadas durante la instrucción del caso apuntan a que su promotora inmobiliaria Geslander —con la que vendió las 61 viviendas sin abonar a la Agencia Tributaria el IVA que sí cobró a sus clientes, según el fallo— acumula deudas por más de seis millones de euros producto de una ruinosa incursión en el sector del ladrillo.

En su defensa, según consta en el fallo, el exregidor de Santiago apuntó la posibilidad de que “la sociedad se apropiara del IVA”. Pero la propia juez María Jesús García Pérez, autora del fallo, señala que Conde Roa y Geslander (una sociedad limitada unipersonal) “son lo mismo pese a sus personalidades jurídicas independientes”. Y destaca como prueba de esta relación la “significativa” retirada por parte del acusado de 55.000 euros durante el mismo ejercicio fiscal de 2010 en que no pagó el IVA.

La juez destaca en la sentencia que además “desaparecieron de la entidad 194.000 euros que, según Hacienda ,llegaron a manos de Gerardo [Conde Roa]“. La representante de la Agencia Tributaria en este caso subrayó que Hacienda ya analiza “los indicios de dolo” antes de remitir su escrito a la fiscalía, que fue la que presentó la denuncia en el juzgado. Y señala que un indicio claro de la intención de Conde Roa de defraudar es la “elusión total del pago”. “El acusado no intenta ni un pago parcial ni un aplazamiento, nada”, aseguró la representante de la Agencia Tributaria durante el juicio. Un aspecto que ha tenido en cuenta la juez y sobre el que apoya sus razonamientos jurídicos.

Al igual que había hecho el instructor de la causa, José Antonio Vázquez Taín, la jueza sostiene que Conde Roa conocía mecanismos para posponer el pago de los impuestos si no disponía del dinero para hacerlo. Y recuerda que durante el ejercicio de 2009 él mismo pidió un aplazamiento y fue afrontando sus deudas, algo que no hizo al año siguiente. “En los años anteriores no tuvo problema porque el IVA le salía a devolver”. La sentencia también considera vanos los intentos del condenado por “buscar avales y garantías” una vez fue descubierto por la Agencia Tributaria y desmonta la estrategia de Conde Roa de querer culpar a otra sociedad con la que compartía negocios del impago a Hacienda.

Nadie del PP salió ayer a dar explicaciones ni a asumir responsabilidades por la designación de Gerardo Conde Roa como candidato en 2011, pese a que entonces ya se sabía que tenía varias órdenes de embargo de diferentes administraciones públicas y que incluso había dejado de pagar el impuesto de bienes inmuebles en el Ayuntamiento que aspiraba a gobernar. El único dirigente del PP que se refirió a la condena fue su sucesor, el hombre al que cedió el bastón de mando, Ángel Currás en la primavera de 2012. El actual regidor de Santiago se limitó a cumplir el guion, dijo que respeta las decisiones de la justicia y calificó la sentencia como un asunto “privado” de su antecesor en el cargo. “Forma parte del ámbito privado de una persona que no está ya en la vida pública ni en el Ayuntamiento”.

Además de esta causa, el exalcalde de Santiago continúa imputado en otros dos sumarios. Uno es el de la Operación Pokémon, que instruye la juez de Lugo Pilar de Lara para investigar supuestas adjudicaciónes irregulares en varias admnistraciones públicas, entre ellas el Ayuntamiento de Santiago. Además, otro juez indaga sobre si cometió abuso de poder sobre un funcionario de la policía municipal.

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