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Cerrado el caso de la mujer que acusó a la Xunta de malvender su patrimonio

Desestimada la denuncia de la anciana, que perdió su casa tras ser declarada incapaz

Desde que en 2003 un juzgado de Vilagarcía declarase la incapacidad parcial de la maestra Mercedes Rodríguez Mouriz, que pasó a ser tutelada por la Xunta a través de la Fundación Galega para a Tutela de Adultos (Funga), el caso no ha dejado de pasar inútilmente por los juzgados. El último intento de recurrir a la vía penal para aclarar la venta del céntrico edificio donde vivía la mujer por la décima parte de su valor real y el paradero de sus enseres en los tres años que duró su incapacidad, podría también cerrarse en falso. La juez de Santiago Ana López-Suevos acordó el archivo provisional de las diligencias porque no aprecia “dudas sobre la rectitud” de la Funga “ni irregularidades o arbitrariedades” en su comportamiento, auto que fue recurrido por la defensa de la anciana. La magistrada ve aceptable que la Funga no haya solicitado una tasación pericial del inmueble según el valor del mercado y que las obras se hayan acometido alegando el estado ruinoso del edificio cuando no existía ningún expediente municipal en este sentido.

López-Suevos también desestima la denuncia de la anciana, cuya incapacidad se plantea como otro interrogante, por no haberle entregado la fundación los muebles y enseres personales, como ropa y joyas, que fueron retirados de su casa. La juez duda del documento que entregó al juzgado de su puño y letra, describiendo uno por uno los objetos. “No creemos que el inventario manuscrito por doña Mercedes sea suficiente para entender acreditada la preexistencia de los bienes a los que se refiere”, señala el auto.

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La defensa cree que el auto es inconstitucional porque no se ha admitido ninguna de las pruebas solicitadas y que lo único que ha hecho la instructora “es proceder con rapidez al archivo para que la denunciante, entonces incapacitada de obrar cuando se produjeron los hechos, lo sea también ante los tribunales”. “No pueden entenderse estas prisas, salvo el temor a que obtengamos más pruebas sobre las actividades que hemos denunciado porque los hechos se ha constatado que existieron pero no se han analizado por parte del juzgado”, subraya el recurso. “Se ha producido un auténtico despojo del patrimonio de la denunciante por una presunta actividad ilícita de las personas que debían haber ejercido con especial cautela su deber de tutores”, añade.

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