El TSJ consulta al fiscal sobre las querellas contra Fabra y Castellano
La Fiscalía ya ha archivado una denuncia contra el jefe del Consell por los mismos hechos
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha pedido a la fiscalía que se pronuncie sobre dos querellas presentadas por la Asociación contra la Corrupción: una contra el presidente de la Generalitat, Alberto Fabra, por la contratación durante su etapa como alcalde de dos asesores en el grupo del PP en el Ayuntamiento de Castellón que trabajaban para el partido; y otra contra el consejero de Gobernación, Serafín Castellano, por supuestamente favorecer el acceso a la función pública de familiares, amigos y afiliados al PP.
La Fiscalía ya analizó las denuncias presentadas por la asociación contra Fabra y Castellano por los mismos hechos, y las archivó. La asociación decidió entonces convertirlas en querellas y presentarlas ante el TSJCV, que ahora deberá decidir sobre su admisión y competencia.
Así, la Asociación contra la Corrupción, cercana a Manos Limpias, presentó hace unos meses una denuncia contra Fabra y el actual regidor de Castellón, Alfonso Bataller, por la contratación de dos asesores en el Ayuntamiento que trabajaban para el partido. La Fiscalía la archivó el pasado julio al considerar que el grupo municipal popular destinó a sus auxiliares "al lugar que estima le pueden prestar mejor servicio", y añadió que no había en el nombramiento, ni en el ejercicio posterior de la función "ningún actuar penal".
En el caso de la denuncia contra Castellano, la Fiscalía cerró la denuncia porque se pedía un examen penal de contrataciones de personal "sin más base que la presunción de actuaciones irregulares" lo que impedía que se pudiera actuar con base adecuada.
Ahora, en sendas providencias, la Sala se dirige a la fiscalía para que comunique su postura sobre las querellas "atendiendo el carácter excepcional de las normas procesales que regulan la prerrogativa de aforamiento". Lo hace a efectos del artículo 313 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que se desestimará la querella "cuando los hechos en que se funde no constituyan delito, o cuando no se considere competente para instruir el sumario objeto de la misma".
Tanto Fabra como Castellano son aforados y el TSJCV decidirá sobre la admisión y competencia de las querellas cuando reciba respuesta de la fiscalía.
La Sala ha archivado otra querella presentada por la misma asociación contra Castellano por las adjudicaciones a la empresa Taroncher.
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