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La Junta arranca el primer expediente de expropiación de uso de un piso en Huelva

El boletín oficial publica este jueves el anuncio de que se inicia el trámite

El decreto sobre la función social de la vivienda empieza a aplicarse. El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica hoy el anuncio de la primera expropiación de una vivienda de 87 metros cuadrados en Huelva, cuya propietaria, María del Carmen Andújar Alonso, solicitó a la Junta acogerse a la medida tras recibir una notificación de desahucio por el impago de la hipoteca, toda vez que cumple los requisitos exigidos en el decreto al disponer de una renta inferior a 542 euros mensuales.

El titular del derecho a la propiedad al que será expropiada la vivienda es A Y T Mixto III, sociedad de titulización de créditos hipotecarios, que requirió el embargo de la casa al juzgado de Instrucción 3 de Huelva. El anuncio publicado hoy en el BOJA es un paso previo al proceso de expropiación, y consiste en la comunicación del acuerdo de la necesidad de la misma, habitual en todos los casos de este tipo de intervenciones, aunque se trate solo del derecho de uso y por un máximo de tres años, y no de la titularidad de la propiedad.

Ahora, la sociedad hipotecaria dispone de 15 días para presentar alegaciones. Si éstas son rechazadas, el proceso expropiatorio continuará con el establecimiento del justiprecio, la emisión de un informe técnico de la dirección general de Vivienda y otro jurídico, y finalmente la nueva publicación en el BOJA antes de que el Consejo de Gobierno apruebe definitivamente la expropiación del uso de la vivienda durante tres años, tiempo en el que María del Carmen Andújar podrá seguir residiendo en su casa sin temor a ser desahuciada.

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El trámite del primer embargo se formaliza apenas 41 días después de que entrara en vigor el decreto sobre la función social de la vivienda impulsado por la consejera de Fomento y Vivienda, Elena Cortés (IU), una de las medidas de más calado y repercusión de las adoptadas por la Junta de Andalucía, que contempla estas medidas expropiatorias para frenar los embargos y la creación de un registro de viviendas desocupadas, con un régimen de sanciones, para ponerlas en alquiler y facilitar el acceso a una casa a las casi 200.000 personas inscritas en los registros de demandantes.

El decreto faculta a la Junta de Andalucía a expropiar el uso de la vivienda a los bancos, durante un máximo de tres años, en caso de desalojos de familias que cumplan con una serie de requisitos y estén en riesgo de exclusión social. Por otro, el decreto recogía el fomento del alquiler de viviendas vacías a través de un sistema de penalización en el que se multa con hasta 9.000 euros a las entidades bancarias y a sus sociedades filiales que no arrienden sus inmuebles.

Los beneficiarios del decreto son aquellos deudores de préstamos hipotecarios con unos ingresos mensuales inferiores a 542 euros —nivel 3 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem)— y cuya situación económica haya “sufrido un importante menoscabo” desde la concesión del crédito, de forma que la carga del esfuerzo sobre la renta familiar que representa el pago de las cuotas se haya multiplicado por, al menos, 1,5 veces, y esta diferencia suponga más de la tercera parte de los ingresos familiares. Los beneficiarios se aseguran permanecer en su vivienda los tres años que como máximo puede durar la expropiación forzosa del uso de la casa.

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