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El TSJC anula la limitación catalana a la apertura de nuevas estaciones de ITV

El tribunal estima "extrema" la restricción cuantitativa que impuso el Gobierno Tripartito

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha declarado la nulidad de la resolución del concurso público de estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) que la Generalitat acordó en 2010. Da así respuesta al recurso contencioso administrativo que interpuso la Federación Catalana de Vehículos de Motor (Fecavem), que denunció las restricciones cuantitativas y territoriales impuestas por el Gobierno de la Generalitat, que limitaban a un máximo de 16 estaciones la posibilidad de nuevas aperturas.

El Gobierno Tripartito aprobó en 2010 esa resolución, con la que pretendía poner orden al mapa de ITV en Cataluña y poner coto a la situación de predominio de dos grandes grupos. Como colofón a esos planes, la Generalitat abrió un concurso que limitaba la puesta en marcha de 16 estaciones por un periodo de cuatro años. El argumento era garantizar la buena prestación del servicio y garantizar la objetividad y calidad de la inspección y estableció distancias mínimas entre estaciones para asegurar su compatibilidad.

Ahora, el TSJC estima que la restricción cuantitativa de operadores privados es "extrema" en la normativa analizada, "sin que pueda adivinarse la razón ni se justifique esta limitación". Asimismo, el tribunal considera que no es proporcionada la duración de las autorizaciones de concesión de las ITV, que eran de 20 o 30 años.

Fecavem ha asegurado que velará para que en la nueva regulación de este servicio "se respete el principio de libertad de establecimiento".

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