El Supremo obliga a Educación a pagar 19 millones a la Complutense
La universidad reclamó judicialmente dinero ya comprometido para inversiones
La Universidad Complutense de Madrid (UCM) ha conseguido que la Consejería de Educación le pague parte del dinero que le debe para infraestructuras tras llevar el asunto a los tribunales. Una sentencia reciente del Tribunal Supremo, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, obliga a Educación a abonar 19,5 millones de euros a la UCM. Es una de las cantidades incluidas en el plan de inversiones 2007-2011 que la Comunidad de Madrid firmó con las seis universidades públicas madrileñas con criterios “objetivos, transparentes y equitativos”, según recogía el acuerdo.
Los campus debían recibir en cinco años 585 millones fijos para rehabilitación, seguridad, accesibilidad, gestión de infraestructuras y otros 55 variables también para obras. La Comunidad dinamitó ese acuerdo en 2008 con el argumento de la crisis y destinó menos presupuesto cada año a los campus del que había comprometido en el acuerdo de 2007.
Desde entonces, las sentencias que respaldan la petición de la Complutense, que arrastra una deuda millonaria desde hace varios ejercicios y ha aplicado varios planes de ajuste y bajadas de sueldo, están llegando por goteo. El resto de universidades públicas también han planteado recursos. La UCM ya ha recuperado más de 80 millones de tres ejercicios (la última corresponde a 2009) y está pendiente de lo que decida el juez en la denuncia presentada para 2011.
La nueva sentencia del Supremo, fechada el pasado dos de abril, da la razón a la UCM con el siguiente argumento: ese plan no era solo una previsión sino un acuerdo que comprometía a ambas partes. Los magistrados entienden que la Comunidad de Madrid debe abonar 19,5 millones de euros, la diferencia entre los 41 millones que había comprometido para 2009 en el citado documento de inversiones y los 27 millones que finalmente le consignó en los presupuestos de ese año.
Educación pidió al tribunal que no se admitiera el recurso de casación presentado por la Complutense porque consideraba que el acuerdo no equivalía a “un convenio administrativo del que deriven las obligaciones de entrega de las cantidades reclamadas”, según recoge la sentencia. Los letrados de la consejería alegaron que el texto firmado por la entonces presidenta regional, Esperanza Aguirre, y los seis rectores de las universidades públicas (Complutense, Autónoma, Rey Juan Carlos, Carlos III, Alcalá y Politécnica) no tenía “naturaleza obligacional inmediata”.
Pero los magistrados han desgranado los aspectos del plan justo para llegar a la conclusión contraria: la Comunidad tenía la obligación de pagar. Se detiene en los objetivos del documento: “prestación de los servicios universitarios” y garantizar “la sostenibilidad financiera de las infraestructuras” de los campus. “Del tenor del plan en su conjunto no se desprende en momento alguno que lo convenido fuera solo una previsión”, recoge la sentencia, que subraya que se cerró “tras una negociación”. Incumplirlo, prosigue el texto, “constituye un supuesto típico de la inactividad de la Administración” que recoge la Ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa.
El tribunal no acepta la indemnización por daños y perjuicios que reclamaba la Complutense por la redacción de proyectos que luego no se ejecutaron, porque considera que la universidad no ha argumentado suficientemente que “tales gastos hayan devenido inútiles”, ya que los proyectos se pueden retomar cuando el campus recupere los fondos. Tampoco impone el pago de costas a la Comunidad de Madrid.
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