Griñán afirma que el decreto de vivienda es “plenamente constitucional”
El presidente andaluz anuncia más medidas contra la exclusión social
El presidente andaluz, José Antonio Griñán, ha dicho que su gobierno tiene la "tranquilidad" de que el decreto de vivienda es "plenamente constitucional" porque así lo avalan los estudios de los servicios jurídicos y ha anunciado más medidas contra la exclusión social.
"Este es un primer paso y no será el último" porque hay muchas personas que además de estar en paro tienen un alto nivel de endeudamiento, ha dicho sobre la medida que prevé expropiaciones temporales. Griñán ha enfatizado que esas situaciones son una "nueva forma de marginación social que entre todos tenemos que afrontar".
Ante las dudas sobre la constitucionalidad del decreto ley sobre la función social de la vivienda que aprobado ayer por el Consejo de Gobierno, Griñán ha invitado a quienes así lo consideran a que "vayan al Derecho Comparado, a Francia o al Reino Unido, donde incluso prevén la confiscación en aquellos casos en los que las viviendas no se utilizan".
En declaraciones a los periodistas en Castilblanco de los Arroyos (Sevilla), Griñán ha recordado que hay una sentencia del Tribunal Constitucional de 1987 relativa a la reforma agraria que "decía que el derecho de propiedad lleva como algo inescindible su utilidad social, es decir que la propiedad tiene una función social en nuestra Constitución, no se puede hablar de un derecho ilimitado que no se puede tocar".
Ha agregado que el decreto ley, que se publicará mañana en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), se tramitará posteriormente como proyecto de ley en el Parlamento, por lo que si alguna formación ve "inseguridad jurídica" tiene la oportunidad de presentar las "enmiendas correspondientes".
Respecto a las sanciones previstas en el decreto a bancos e inmobiliarias que no alquilen las viviendas vacías, ha explicado que el objetivo no es recaudar, sino que se producirían porque hay un problema social que su gobierno quiere "solucionar".
"Es una función de cualquier gobierno con sensibilidad buscar la posibilidad de que esas viviendas que están vacías puedan ser accesibles cuando hay tantas familias que no disponen de techo y, ello, mediante una fórmula que está en el Código Civil, que es el arrendamiento", ha remarcado.
Respecto a la disposición que posibilitará a la Junta expropiar temporalmente, durante un periodo máximo de tres años, el uso de inmuebles inmersos en procedimientos de desahucio, ha dicho que de lo que se trata es de "reconvertir un derecho de propiedad en uno de arrendamiento".
"Resulta hiriente, un escándalo, que haya miles de personas en riesgo de perder la vivienda mientras hay miles de viviendas vacías", ha dicho el presidente de la Junta, que ha defendido que "ese gran parque de viviendas ocioso, que no está siendo utilizado, se pueda poner en una oferta de alquiler para impedir el desahucio de personas que caerían directamente en la exclusión, la marginación y la pobreza".
Ha agregado que la expropiación de uso de carácter temporal es una fórmula que trata de "paliar" el problema y ha agregado: "Les puedo asegurar que no van a ser las últimas medidas que dediquemos a luchar contra la exclusión social, próximamente el Gobierno va a tomar más decisiones en este sentido".
La expropiación temporal será de aplicación en procedimientos de desalojo instados por los bancos y sus filiales inmobiliarias o entidades de gestión de activos, y las entidades afectadas por la expropiación recibirán a cambio el 2% del justiprecio, que es lo previsto en la Ley de Expropiaciones.
En Andalucía hay alrededor de 700.000 viviendas desocupadas, de las que entre 350.000 y 500.000 pertenecen a personas jurídicas, y desde el 2007 se han producido unos 86.000 desahucios.
El decreto ley aprobado ayer por el Consejo de Gobierno refuerza las ayudas al alquiler, que se detallarán en el futuro Plan Andaluz de Vivienda y estarán dirigidas a las personas físicas propietarias de inmuebles vacíos, a quienes además se incentivará con medidas fiscales y un seguro contra impagos y desperfectos.
En cuanto al régimen disciplinario, la nueva norma incluye un sistema de sanciones leves, graves y muy graves para las personas jurídicas, bancos, inmobiliarias o entidades de gestión patrimonial que no destinen al arrendamiento su stock residencial.
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