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El TSJC da por “válidos" los contratos de suministro de Agbar en Barcelona

Uno de los jueces que firma el fallo dictó en 2010 una sentencia contraria

Dani Cordero

“Agbar es el gestor del servicio de abastecimiento de agua en baja [en Barcelona] sobre la base de títulos jurídicos válidos y suficientes”. Con esa afirmación, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) puede haber dado por zanjada la polémica sobre si la compañía, que explota el suministro de la capital de Barcelona desde el siglo XIX, tenía los contratos necesarios para hacerlo, una polémica que se había avivado en los últimos años tras una sentencia que decía todo lo contrario.

El entrecomillado forma parte del auto con el que el alto tribunal ha rechazado el recurso de la Generalitat para que se suspendiera de forma cautelar la creación de una sociedad de economía mixta (SEM) entre el Área Metropolitana de Barcelona (que tendría un 15% del capital) y Agbar (con el 85% restante). Esa compañía tendrá como objeto el abastecimiento de agua a 23 municipios barceloneses, entre los que se encuentra la capital catalana. El Gobierno metropolitano había paralizado su creación a la espera de que el TSJC decidiera la suspensión o no de la emprea.

La Generalitat, como hicieron también diversas compañías rivales de Agbar y un particular, solicitaba que se paralizara la constitución de la nueva compañía a la espera de tener una sentencia firme, al entender que los daños ocasionados podrían ser irreparables. El TSJC rechaza esa versión e incluso asegura que si la constitución de la sociedad mixta con Agbar, y sin concurso previo, tiene sentido es porque “es Agbar quien aporta su actividad a la SEM y, sin esta aportación, la operación es irrealizable”.

En todo caso, más allá de rechazar la suspensión cautelar, el TSJC despeja dudas sobre la legitimidad legal de Agbar para explotar el negocio del agua en Barcelona. Esa ha sido una de las principales bazas que han utilizado no solo las compañías en sus recursos para arremeter contra el acuerdo entre la Área Metropolitana y Agbar, sino también de la plataforma ciudadana Aigua és Vida, que hace una semanas llevó ante la fiscalía la creación de la nueva sociedad mixta para que investigue los hechos y determine la existencia de supuestas irregularidades.

El inicio de la polémica sobre Agbar y su legitimidad para suministrar agua se remonta a 2010. Entonces, una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 12 de Barcelona, motivada por la denuncia de un cliente de Agbar al que le cortaron el suministro, aseguraba que “resulta que no hay contrato de concesión”. El instructor de aquel juicio consideró que “no se ha aportado ni se ha citado ninguna resolución que adjudique el servicio de abastecimiento domiciliario de agua a la codemandada”, en referencia a Agbar.

El juez que firmó aquella sentencia es Eduard Paricio Rallo, uno de los magistrados de la Sala Quinta de la Sala de lo Contencioso del TSJC que ahora también suscribe el auto que sí considera “válidos y suficientes” los títulos de la compañía, controlada por el grupo francés Suez.

Sea como sea, ahora es el Área Metropolitana el que deberá decidir cuándo lleva al pleno la aprobación definitiva de la constitución de la nueva compañía mixta, después que en noviembre aprobara, con los votos favorables de CiU y PSC, el convenio. Inicialmente debía empezar a operar a 1 de enero de este año.

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Sobre la firma

Dani Cordero
Es integrante de la redacción de EL PAÍS en Barcelona, donde ha desempeñado diferentes roles durante más de diez años. Licenciado en Periodismo por la Universidad Ramon Llull, ha cursado el programa de desarrollo directivo del IESE y ha pasado por las redacciones de 'Ara', 'Público', 'El Mundo' y 'Expansión'. 

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