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El TSJ anula la resolución que redujo los desdobles en FP del curso pasado

El sindicato denunció que la Consejería redujo clases de forma unilateral sin negociación previa

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha anulado la resolución de Consejería de Educación por la que se redujo el número desdobles en Formación Profesional para el curso 2010/2011 por "omisión de la previa negociación sindical de la correspondiente plantilla".

La sección segunda de la sala de lo contencioso administrativo del TSJCV estima en parte el recuso interpuesto por el STEPV-IV, contra la resolución de la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y Formación Profesional que acordó esa reducción.

El sindicato alegó la vulneración de la citada resolución debido a que la Consejería redujo los desdobles de forma unilateral sin previa negociación sindical. El juez no estima esa parte de la denuncia, al considerar que "ninguna norma, legal o reglamentaria, impone determinado número de desdobles" y porque, "aunque la plantilla debe de ser negociada, sin duda, la misma debe responder, a su vez, a las necesidades docentes propias de la implantción de un nuevo sistema educativo derivado del cambio legal".

Desde la Consejería han afirmado a Efe que esta sentencia no afecta a las decisiones adoptadas, puesto que se refiere a una resolución provisional de septiembre de 2010, y en diciembre de ese mismo año, se aprobó una orden que da cobertura a los desdobles aprobados. Fuentes de este departamento han señalado que esta orden, que es la tiene vigencia, prevalece sobre la resolución provisional, y han añadido que la norma fue negociada con los sindicatos y contra ella no se presentó ningún recurso.

Según la sentencia, dada a conocer por el sindicato, con la implantación de la LOE durante el curso 2009/2010 y la exigencia de un nuevo modelo de plantilla, se dejó sin efecto el acuerdo de 18 de mayo de 2007, que fijaba los criterios para la elaboración de plantillas del profesorado de Formación Profesional Específica. "Cuestión distinta es -continúa la sentencia- si implantado el modelo derivado de la LOE en el curso 2009-2010, debió la Administración negociar los criterios para la fijación de plantillas en Formación Profesional Específica antes del siguiente curso" y no sustituir la negociación por la adopción de medidas provisionales.

En este sentido, el TSJCV estima el recurso respecto a la fijación de desdobles "en cuanto no se negoció con los sindicatos los criterios para regulación de plantillas pese a que se deja sin efecto la resolución de 18 de mayo de 2007". Contra la sentencia, que no es firme, se puede presentar un recurso de casación ante la sala de lo contencioso administrativo del TSJCV en el plazo de diez días.

El STEPV ha destacado, en un comunicado, que el recorte supuso que de las 2.772 horas de desdobles posibles, solo se hicieran 1.160, lo que representa "un 58,2% de horas recortadas", y supuso "un fuerte recorte de profesorado, especialmente interino en el curso 2010-201".

El sindicado ha señalado que la sentencia solo es aplicable a las plantillas del curso 2010-2011 porque desde enero de 2011, ha añadido, hay unas nuevas plantillas de secundaria y FP "impuestas por la Consejería mediante una orden". Sin embargo, ha afirmado que sus servicios jurídicos están estudiando la posibilidad de que los profesores, centros y alumnos que se vieron perjudicados por la medida de la Conselleria, ahora anulada, presenten peticiones de indemnización por daños y perjuicios.

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