La Generalitat implanta el registro de facturas para sus proveedores
Hacienda dispondrá de información puntual sobre el monto de los impagos por falta de liquidez
El Diario Oficial de la Comunidad Valenciana publica hoy el decreto que regula el Registro de Facturas de la Generalitat en el que deberán inscribirse todos los proveedores de la Administración pública para que se les reconozca la obligación por la prestación de servicios. La Consejería de Hacienda dispondrá, a través del registro, de "una información real, puntual y completa de las obligaciones que, por distintos motivos, no hubieran podido ser reconocidas ni, por tanto, aplicadas al ejercicio corriente a pesar de tratarse de bienes o servicios efectivamente recibidos en el mismo". Es decir, conocerá en todo momento el monto de las facturas pendientes que se guardan en el cajón por falta de dinero para pagarlas en los plazos previstos.
El texto del decreto, aprobado por el pleno del Consell el pasado viernes, señala que una buena gestión de las finanzas públicas "determina la necesidad de conocer en todo momento el volumen real del gasto de las administraciones públicas".
Los proveedores tienen la obligación de hacer llegar los originales de las facturas en el mismo momento de su expedición. Aquellos que no utilicen el procedimiento de facturación electrónica podrán presentar directamente las facturas.
Las distintas consejerías habilitarán las unidades de registro que sean necesarias para anotar e inscribir las facturas que se presentan por los proveedores. En el supuesto de que los centros gestores no se muestren conforme con alguna de las facturas, la devolverán al proveedor.
Los responsables de los registros de entrada de las consejerías darán traslado de los documentos "inexcusablemente" el Registro de Facturas en el plazo máximo de 10 días naturales.
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