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Una trabajadora logra la invalidez por alergia a los excrementos de palomas

Los problemas respiratorios que sufre debido a la alergia son consecuencia de su trabajo La mujer trabaja como informadora en la plaza de Catalunya

Palomas en la plaza de Catalunya de Barcelona.
Palomas en la plaza de Catalunya de Barcelona.JOAN SÁNCHEZ

Un Juzgado de Barcelona ha reconocido la condición de invalidez absoluta a una trabajadora de Turismo de Barcelona que ejerce como informadora en la plaza de Catalunya y en La Rambla porque no puede llevar a cabo esfuerzos por la alergia que le ha causado inhalar los excrementos de las palomas.

En la sentencia, el Juzgado de lo Social número 2 de Barcelona da la razón a la trabajadora, G. T. V., asesorada por los abogados del Colectivo Ronda, al considerar que los problemas respiratorios que sufre debido a la alergia han sido contraídos a consecuencia de su trabajo, por la constante exposición a los excrementos de las palomas y otras aves que inundan la plaza de Catalunya y las Ramblas.

De hecho, el juez se remite al informe de un inspector de trabajo que apunta a que la zona de plaza de Catalunya y de La Rambla está "permanentemente llena de palomas y otros pájaros", y, por tanto, sucia de excrementos de estas aves, que eran inhalados por la informadora turística cuando acudía a su puesto de trabajo.

Antes de enfermar, la denunciante ejercía desde 2006, primero a cargo de Barcelona Activa, luego para una ETT y, finalmente, para Turismo de Barcelona, como informadora turística en el subterráneo de la plaza de Catalunya y en cuatro cabinas exteriores, dos de ellas en la misma plaza, otra en La Rambla, frente a los quioscos de venta de pájaros, y la última, frente al monumento a Colón.

Según la sentencia, la alveolitis alérgica extrínseca que padece la mujer ha sido contraída con motivo de su actividad laboral, por lo que la sitúa en el marco de un accidente de trabajo, en contra de lo que sostenía el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que estimaba que la patología derivaba de enfermedad común y no profesional.

A la hora de concederle la condición de invalidez absoluta, el juez subraya que la patología de la mujer sigue empeorando pese a que ya no sigue en contacto con los excrementos de las aves, porque está de baja, y a que está recibiendo tratamiento médico. Además, el fallo subraya que la actividad profesional de la mujer, en su función como informadora turística, comporta el desempeño de tareas sedentarias, que no son compatibles con su imposibilidad de llevar a cabo esfuerzos, ni que sean mínimos. "Es evidente que no puede realizar las tareas de su profesión habitual ni las de cualquier otra actividad profesional", concluye la sentencia.

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