El juez suspende las citaciones por la denuncia contra el Banco de Valencia
La fiscalía había pedido al juez que las cancelase mientras se realizaban diligencias previas La querella fue presentada por un grupo de pequeños accionistas de la entidad
El magistrado titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Valencia, que investiga la querella presentada por una asociación de pequeños accionistas del Banco de Valencia que acusan al consejo de administración y otros órganos de administración de la entidad de falsedad contable, ha decidido cancelar la declaración como imputados de los gestores, que estaba prevista para el próximo 25 de abril. El juez responde así a la petición del ministerio fiscal de posponer las citaciones para practicar nuevas diligencias antes de proceder a la toma de declaración de los 27 imputados. Según anunció ayer el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, una vez se tramiten las nuevas diligencias solicitadas, el juez valorará la conveniencia de citar de nuevo a los imputados.
El juez investiga si los administradores del Banco de Valencia, que fue intervenido en noviembre de 2011 por el Banco de España, formularon facturas falsas, tal y como denunciaron los pequeños accionistas denunciantes, que representan alrededor del 1% de las acciones de la entidad bancaria. Entre los querellados figuran el que fue presidente de la entidad hasta poco antes de la intervención, el expresidente de la Generalitat José Luis Olivas, y el exconsejero delegado Domingo Parra. Olivas, que sigue siendo presidente de Bancaja, era miembro y presidente del consejo de administración en representación de la caja de ahorros, que poseía el 39% de las acciones del banco. Entre los imputados figuran otros 13 integrantes del consejo.
La querella, a la que se han adherido 137 accionistas, fue presentada el pasado 28 de febrero. Y en su denuncia acusaban a los gestores de un delito societario, de falsedad contable y administración desleal, abusiva y fraudulenta. Uno de los delitos referidos es el reflejado en el artículo 290 del Código Penal, aplicado a quienes “falsearen las cuentas anuales u otros documentos que deban reflejar la situación jurídica o económica de la entidad”, y que puede acarrear penas de prisión de 1 a 4 años de cárcel. Según la querella, en la junta de accionistas celebrada en marzo de 2011 se presentaron unas cuentas de 2010 que no reflejaban el agujero de 562 millones de euros detectado en una inspección del Banco de Valencia.
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