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Condena a Salud por la muerte de un paciente tras una operación

El TSJC obliga al Servicio Catalán de Salud a indemnizar con 322.000 euros a la familia del fallecido

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado al Servicio Catalán de la Salud y al hospital Mutua de Terrassa a indemnizar por deficiente asistencia sanitaria con 322.101 euros a la esposa y los hijos de un paciente aquejado de una tetraparesia que, tras ser sometido en la Mutua de Terrassa a una operación, quedó tetrapléjico y posteriormente murió.

En su sentencia, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso del TSJC confirma el fallo de un juzgado de primera instancia que estableció una indemnización de 322.101 euros para la familia del paciente, fallecido tras sufrir una tetraplejia con un 93% de minusvalía.

Tras ser sometido a la operación que debía mejorar su estado, el hombre empezó a presentar síntomas de tetraplejia porque no se le colocó un drenaje. Pese a ello, hasta el día siguiente no se le hizo un TAC, que reveló la presencia de un hematoma compresivo en la médula. El retraso en volver a intervenir al paciente le provocó la parálisis y la muerte.

En opinión del TSJC, esa demora "resulta de difícil comprensión", teniendo en cuenta la gravedad de la intervención quirúrgica practicada al enfermo y sus antecedentes, una tetraparesia de varios meses de evolución que le había dejado en situación de incapacidad permanente absoluta para todo tipo de trabajo.

El TSJC concluye que este caso constituye una clara "mala praxis médica" y no ve abusiva ni excesiva la indemnización fijada para la familia de la víctima, teniendo en cuenta que como consecuencia de la negligencia quedó en un estado tal que necesitaba la ayuda de una persona para todas las actividades.

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