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Un golpe para la izquierda: Fuerza Ciudadana pierde la condición de partido político

El Consejo de Estado anuló la resolución del Consejo Nacional Electoral que había otorgado la personería jurídica al movimiento liderado por Carlos Caicedo

Carlos Caicedo Fuerza Ciudadana
Carlos Caicedo, líder de Fuerza Ciudadana, en septiembre de 2023.carlosecaicedo
Juan Pablo Vásquez

Carlos Caicedo es el principal líder de la izquierda en el departamento de Magdalena y probablemente de la costa Caribe colombiana. Su ascenso en la política regional fue meteórico. El primer golpe lo dio en 2011, ganando la Alcaldía de Santa Marta. Desde entonces ha sido gobernador departamental, promotor de alcaldes y gobernadores, y, como precandidato presidencial en 2018, se hizo visible por fuera de su región. Consolidado como uno de los principales aliados del presidente Gustavo Petro, nunca ha querido fundirse en otros partidos y movimientos progresistas. Por el contrario, ha mantenido vigente a Fuerza Ciudadana, el movimiento que fundó a finales de los noventa —época en la que era rector de la Universidad de Magdalena— y por el que siempre se postuló. Fuerza Ciudadana vivía su mejor momento después de que el Consejo Nacional Electoral (CNE), en diciembre de 2022, la reconociera como partido político para las elecciones regionales de 2023. No obstante, el desenlace de aquellos comicios y una reciente decisión del Consejo de Estado han afectado gravemente a la colectividad y a su líder.

Si una agrupación política es reconocida como partido, tiene derecho a la financiación estatal para su funcionamiento y a otorgar avales electorales en todo el país. Para ello, la ley exige una serie de requisitos. Fuerza Ciudadana, según la demanda que estudió el Consejo de Estado, no los cumplía. La demandante era la abogada Ximena Echavarría, quien también radicó una acción para que se estudie la personería jurídica del partido centrista En Marcha.

Los magistrados de la Sección Quinta del Consejo de Estado, la autoridad judicial final en temas electorales, iniciaron destacando lo evidente: Fuerza Ciudadana no superó el umbral en las más recientes elecciones legislativas, que es el requisito básico para ser un partido. Las normas estipulan un piso del 3% del total de votos emitidos. En abril de 2022, en su debut en ese tipo de comicios, las listas de Fuerza Ciudadana recolectaron 431.166 apoyos para el Senado y 71.075 para la Cámara de Representantes del Magdalena, lo que equivale al 2,53% de todos los votos válidos. Fue un resultado inesperado, especialmente porque uno de sus candidatos, el politólogo Gilberto Tobón Sanín, un asiduo invitado en programas televisivos de debate, obtuvo la quinta votación más alta del país con 173.558 votos.

Tras dejar claro el incumplimiento de esa condición esencial, la decisión judicial desvirtuó la resolución del CNE que elevó a Fuerza Ciudadana a la condición de partido. Fueron tres los puntos rebatidos: la violencia y persecución sufrida por el movimiento, la aplicación en su beneficio del Estatuto de la Oposición y la puesta en práctica de órdenes que se desprenden del acuerdo de paz firmado entre el Gobierno y las extintas FARC.

En octubre de 2021, el CNE otorgó personería jurídica al Nuevo Liberalismo, el partido creado 42 años antes por Luis Carlos Galán como una alternativa a las fuerzas tradicionales del Partido Liberal. Galán fue asesinado en 1989, cuando era el favorito para ganar las elecciones presidenciales del año siguiente. Cuando sus hijos —uno de ellos es Carlos Fernando Galán, actual alcalde de Bogotá— quisieron revivir la colectividad, el CNE accedió a sus intenciones, argumentando que los actos de violencia y persecución son “una barrera infranqueable para la participación electoral en condiciones de igualdad” y que deben ser superados “con la intervención judicial”. Este precedente dio pie para el nacimientos de otros partidos, entre ellos Fuerza Ciudadana.

Carlos Caicedo, a principios de los noventa, militó en la Corriente de Renovación Socialista, un movimiento de izquierda que nació de una escisión del Ejército de Liberación Nacional (ELN). El CNE consideró que los hostigamientos sufridos por Caicedo en esos años estaban directamente relacionados con el nacimiento de Fuerza Ciudadana y así extendió los beneficios que había reconocido al Nuevo Liberalismo. El Consejo de Estado desestimó ese análisis y señaló que la violencia padecida por Caicedo no tenía “conexidad directa” con el movimiento que ahora lidera, ni ha impedido su participación en elecciones recientes.

Otra de las premisas del CNE era que Fuerza Ciudadana tenía el derecho a beneficiarse del Estatuto de la Oposición. En 2018, el movimiento apoyó la candidatura de Gustavo Petro a la Presidencia. Petro ocupó el segundo lugar, superado por Iván Duque, y accedió a una curul en el Senado gracias a ese Estatuto. Dado que Petro había sido avalado para esas votaciones por Colombia Humana —un grupo significativo de ciudadanos sin personería jurídica—, el CNE concluyó que esa agrupación tenía derecho a ser en un partido. Y así ocurrió. Luego determinó que Fuerza Ciudadana merecía el mismo reconocimiento por haberse coaligado con Colombia Humana.

El Consejo de Estado, nuevamente, negó la validez de ese razonamiento. Precisó que el respaldo a un mismo candidato no implica “los mismos derechos para todas las organizaciones que conformaron la coalición” y cuestionó que, después de las elecciones presidenciales de 2018, Fuerza Ciudadana participara en las votaciones regionales de 2019 y las legislativas de 2022 como un movimiento, sin pedir que se le reconociera como partido. “La relación que estableció el CNE entre el derecho a la personería jurídica, la obligatoriedad de los resultados de las consultas, el apoyo a una coalición para inscribir candidato a la Presidencia de la República en un periodo anterior y la interpretación jurisprudencial del logro conjunto del requisito del umbral para los partidos coaligados, denota una aparatosa construcción hermenéutica que consigue acomodar la situación de Fuerza Ciudadana a unas hipótesis excepcionales”, critica la sentencia.

La interpretación que el CNE realizó del segundo punto acuerdo de paz fue otro de los argumentos refutados. En aquel punto se acordó que el Estado se encargaría de “remover los obstáculos” e “introducir los cambios institucionales” necesarios para facilitar el surgimiento de nuevas fuerzas políticas. Por ello, el CNE decidió que estaba facultado para adoptar medidas que fortalecieran “la participación política y el pluralismo”, resaltando el desempeño electoral de Fuerza Ciudadanía en las elecciones de Santa Marta y Magdalena, donde se había convertido en la fuerza a vencer, y dejando de lado que nunca superó el umbral del 3% a escala nacional. El Consejo de Estado, en un tono tajante, dejó sin piso esa explicación, recordando que no es tarea de las entidades administrativas disponer cómo se materializa lo acordado en La Habana. “La producción del marco normativo necesario para materializar las cláusulas del Acuerdo Final corresponde exclusivamente al poder legislativo y no es una competencia que pueda ser usurpada por el Consejo Nacional Electoral, ni siquiera con el propósito de contribuir a la apertura democrática por la que aboga dicho instrumento”.

El fallo llega cinco meses después de que Fuerza Ciudadana perdiera el control sobre Santa Marta. En unas votaciones plagadas de trabas y pronunciamientos judiciales, que requirieron un reconteo porque la diferencia con sus rivales era de solo 282 votos, el movimiento de izquierda perdió en los estrados porque la inscripción de su candidato, Jorge Agudelo, no cumplió con los parámetros legales. No tener el control de su fortín y ahora retroceder, pasando de partido a movimiento, es un reto que deberá encarar Caicedo, que suele entrar en los ramilletes de posibles candidatos del continuismo en las presidenciales de 2026.

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Sobre la firma

Juan Pablo Vásquez
Es periodista de la edición colombiana de EL PAÍS. Nació en Bucaramanga, Santander. Anteriormente se desempeñó como periodista judicial en 'Revista Semana' y de investigación en Caracol Radio y 'Cambio'.
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