Un juez estrena la ley que saca de la cárcel a las madres cabeza de familia que cometan delitos leves
La sentencia utiliza la figura de “utilidad pública”, creada por una ley reciente impulsada por el Gobierno de Gustavo Petro que busca impulsar un sistema penal menos policivo
El año 2023 terminó con un hito en el sistema judicial colombiano. El 26 de diciembre, un juez de Ibagué (Tolima) concedió por primera vez una libertad condicional por encontrar que la condenada es una mujer cabeza de familia, sentenciada a una pena corta de cárcel por un delito cometido impelida por su pobreza. La mujer, cuya identidad es privada por seguridad, recibió en marzo de 2023 una pena de 39 meses por hurto calificado y agravado. Es la primera beneficiaria de la ley 2292, o de utilidad pública, que entró en vigor en septiembre y, según un vocero del Ministerio de Justicia, está “enfocada en mujeres que han cometido delitos por su condición de pobreza, pero que tienen bajo su responsabilidad a sus hijos”. Esa ley, impulsada por el Gobierno de Gustavo Petro, es el primer mecanismo de alternatividad penal con un enfoque de género y una de las varias con las que el Ejecutivo busca impulsar un sistema penal más humanista y menos policivo.
La beneficiaria es madre de tres hijos entre las edades de 17 meses y 7 años. Ahora, cumplirá su condena a través de un plan de trabajo comunitario de 18 horas semanales, de lunes a viernes, durante 167 semanas, según la sentencia judicial. Las labores que desempeñará incluyen tareas de apoyo a proyectos comunitarios, de desarrollo social en huertas comunitarias y en temas de conservación ambiental. De acuerdo con la decisión del juez, son trabajos que aportan a los procesos de justicia restaurativa. Es la primera vez en Colombia que una mujer puede sustituir la cárcel a cambio de contribuciones sociales por el hecho de ser cabeza de familia.
Justamente, la sentencia destaca que ejerce sola su rol de madre de familia. Su expareja, padre del hijo menor, “rechaza la paternidad del infante”. Además, ella lo denunció por violencia intrafamiliar, hecho por el que ha sido condenado. El auto explica que “existe un fuerte apego” hacia la mamá por parte del pequeño de 17 meses, que está “en etapa lactante”. Por lo tanto, “una separación de madre e hijo generaría en el menor una afectación en su desarrollo integral y estado general”.
El nexo entre el delito y la pobreza
Gran parte de la razón por la que la mujer recibió la libertad condicional, explica el auto, se debe al “nexo causal entre el delito y la vulneración socioeconómica”. El documento sostiene que su pobreza la llevó a cometer, en octubre de 2021, el robo por el que fue condenada: “Se tiene claro que existió una comunión de necesidad real que motivó la conducta punitiva”. La mujer vive, junto a seis familiares, en un apartamento en arriendo de dos ambientes y con tejas en zinc. La familia cuenta con “condiciones socioeconómicas deficientes”, dado que solo el hermano y el padre de la penada trabajan como mecánicos independientes.
Según el documento, los escasos recursos económicos del hogar afectan el crecimiento de todos los niños. “Se observa un ciclo de pobreza en la familia de la señora”, asegura. El juez desarrolla la mirada social de la ley 2292, y explica que las sanciones penales deben conjugarse con unas políticas para mejorar la situación de las personas empobrecidas, aunque hayan cometido delitos. “El castigo no puede buscarse en las formas de perpetrar el ciclo pobreza y de la clase menos favorecida, sino para propiciar un espacio de reconciliación y resocialización entre la sociedad y la penada”, afirma en el auto.
Ya con libertad condicional, la mujer tendrá la oportunidad de trabajar, estudiar y mantener a sus hijos, explica por teléfono el viceministro de Política Criminal, Camilo Umaña. Mientras se dedica a ello, el auto establece que el Instituto de Bienestar Familiar se debe poner en contacto con la familia para verificar la posibilidad de ingresar a los niños a sus programas de protección.
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