_
_
_
_
_

Denuncia a España por no combatir copias ilegales

La Comisión Europea ha decidido denunciar al Gobierno español ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no recoger en la legislación nacional las normas europeas para combatir la piratería en los descodificadores y en las tarjetas inteligentes. Bruselas señala que las autoridades españolas estaban obligadas a adoptar desde hace dos años la directiva que protege jurídicamente a los suministradores de servicios de acceso condicional. Es más, el Ejecutivo comunitario ni siquiera tiene constancia de que vaya a adoptarla 'en un futuro previsible'.

La legislación comunitaria exige a los Estados miembros que adopten las medidas legales necesarias para 'prohibir' y 'sancionar' la venta de descodificadores, tarjetas inteligentes y programas informáticos piratas que permiten acceder a servicios codificados.

Más información
La Mesa Antipiratería exige una reacción contundente de la UE frente al fraude

La directiva entró en vigor el 28 de noviembre de 1998. Los Gobiernos que la suscribieron tenían un año y medio de plazo, hasta el 28 de mayo de 2000, para llevarla a sus legislaciones nacionales. España no ha sido la única expedientada por la Comisión Europea. Bélgica, Grecia y Luxemburgo están en la misma situación 'por no comunicar las medidas nacionales de ejecución de la directiva'.

El artículo 6 de la citada normativa dice lo siguiente: 'Los Estados miembros adoptarán las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir la presente directiva' en el calendario acordado por los Quince. En ella se exige a los Gobiernos europeos que adopten las medidas necesarias para prohibir y sancionar en su territorio las siguientes actividades: la fabricación, importación, distribución, venta, alquiler o posesión con fines comerciales de dispositivos ilícitos; la instalación, mantenimiento o sustitución con fines comerciales de un dispositivo ilícito; y el uso de comunicaciones comerciales para la promoción de dispositivos ilícitos. Esas sanciones 'deberán ser eficaces, disuasorias y proporcionadas al efecto potencial' de la infracción. Los Estados están obligados también a adoptar las medidas necesarias para garantizar que 'los proveedores de servicios protegidos cuyos intereses se vean afectados' por la piratería puedan tener acceso 'a las vías de recurso apropiadas, incluidas la interposición de una demanda por daños y perjuicios y la obtención de una orden judicial u otras medidas cautelares'. Es más, tendrán derecho a solicitar 'que se eliminen los dispositivos ilícitos de los circuitos comerciales'.

Toda la cultura que va contigo te espera aquí.
Suscríbete

Babelia

Las novedades literarias analizadas por los mejores críticos en nuestro boletín semanal
RECÍBELO

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_