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Google desafía las peticiones para ocultar datos de España

Protección de datos le exigió que no difundiera enlaces en 18 resoluciones solo en seis meses El gigante de Internet considera que sería “censura”

El logotipo de Google.
El logotipo de Google. EFE

Google se niega a ocultar información. Lo considera censura. Da igual que se lo pidan ciudadanos a quienes les afecta la difusión de sus datos personales en el buscador, y que piden amparo a la Administración.

Google recibió, de julio a diciembre de 2011, 43 solicitudes de organismos gubernamentales, entre ellos la policía, para que eliminaran de sus servicios o resultados de búsqueda 307 contenidos. Destacan las 14 peticiones de la Agencia de Protección de Datos (AEPD) para que retirase hasta 270 enlaces que, según Google, “vinculan a blogs y medios de comunicación sobre individuos particulares y personajes públicos, como alcaldes y fiscales”. La AEPD, en cambio, asegura que son 18 peticiones.

El buscador se negó a retirar los enlaces porque es “censura”. Tampoco facilita más información sobre los blogs, medios o personas afectadas “para preservar su privacidad”. De las 43 solicitudes totales (18 de ellas con requerimiento judicial), que incluyen también otros nueve vídeos (YouTube), 18 blogs (Blogger) y dos contenidos en Gmail, el buscador ha retirado “total o parcialmente el 37%”, según el Informe de Transparencia publicado el lunes. 

El gigante de las búsquedas y el organismo español mantienen una disputa judicial sobre la indexación de datos en Internet. Mientras Google no retira la información de terceros, “porque es de las webs en origen”, la Agencia considera que debería aceptar la capacidad de una persona para bloquear informaciones que afecten a su privacidad o dignidad. Su director, José Luís Rodríguez, recuerda que pide a Google que “frene la difusión, pero no que elimine contenidos. En ninguna resolución exigimos que se altere la hemeroteca, sino que no ofrezcan el resultado de búsqueda cuando no es relevante, carece de actualidad y su difusión lesiona derechos”. El caso, juzgado en la Audiencia Nacional, fue llevado al Tribunal de Luxemburgo. El máximo órgano judicial europeo no ha dictado sentencia, que deberán acatar los países de la UE.

Google habla de 14 peticiones de julio a diciembre de 2011. La AEPD dice que en ese periodo intervino en 26 ocasiones con el buscador de por medio. En 18 se daba la razón al denunciante (y se exigía al buscador la retirada) y en las otras ocho se desestimaron las denuncias “por ser informaciones de relevancia pública o por motivos formales, como no aportar la documentación que la justifique”. Otras nueve no fueron admitidas a trámite. En la búsqueda realizada por EL PAÍS, las resoluciones están disponibles en su página, arroja las mismas 18 resoluciones (seis sobre boletines oficiales, una de la Agencia Tributaria, tres sobre medios, cuatro de blogs, un video en YouTube y otros tres casos varios).

El 13 de diciembre, la Agencia daba la razón a una ciudadana sobre tres vídeos en YouTube, que recogían fragmentos de una conferencia de la denunciante en la Universidad de Alicante. Los dos primeros fueron eliminados durante la tramitación del caso, pero el tercero permanecía. La agencia pidió al buscador que retirara sus datos de los índices que elabora y las imágenes.

El 26 de diciembre, la agencia pedía a Google la retirada de un comentario injurioso contra el demandante, a quién Google le había negado el derecho a cancelación,  publicado en Elintegrismoespecado.blogspot.com. El organismo consideró que no se trataba de un personaje público y no había dado su consentimiento previo.

El 30 de diciembre, un ciudadano pidió la retirada de un enlace de Google al BOE en que se publicaba su indulto. La agencia resolvió que el buscador debía adoptar las medidas necesarias para evitar la indexación de los datos.    Lo mismo ocurrió en este caso, que también afectaba a Yahoo! y en este otro sobre una notificación de la agencia tributaria. 

Otro  demandante exigía que las informaciones "lesivas personal y profesionalmente" fueran retiradas de los blogs De pezón a rabo y El caballero negro, ambos alojados en el servicio de Google. Se lo concedieron. Y este otro denunciante exigió que se eliminara su pasaporte digitlizado de un blog. Aunque la agencia reconocía que Google no era el responsable, le exigía que retirara los datos. 

El 24 de diciembre de 2011, un ciudadano exigió la eliminación de blogs de sus datos personales, realizado con un caso de corrupción urbanística en Totana (Murcia). En la resolución, anónima por obligación legal, no se puede saber si se trata de un testigo o de un imputado, pero en cualquier caso la agencia le dió la razón al demandante.   

La prensa también sale. En esta resolución en la que aparece EL PAÍS, aunque no consta como demandado, la agencia  también se posiciona a favor del ciudadano y en contra de Google. Y en esta otra del 22 de agosto, en que el buscador y este periódico comparten acusación, la AEPD exige al primero que evite la indexación de los datos, mientras absuelve a El País, amparado bajo la libertad de expresión.

Finalmente, en la resolución del 30 de noviembre, la primera en que se obliga a Microsoft a acatar el llamado derecho al olvido junto a Google, la agencia obligó a retirar más de 100 enlaces. El demandante era un detenido por corrupción a quien la justicia después absolvió. “En este caso se pedía suprimir 230 enlaces ”, asegura Miguel Cobacho, del bufete SalirdeInternet.com, que lo llevó. Y añade: “El informe de Google miente más que cualquier informe de España, lo que no deja de ser irónico, viniendo de una compañía especializada en la censura. Cualquiera puede acceder a las resoluciones, ver que los datos están sesgados y que inducen voluntariamente a error”.

El director de la AEPD, José Luís Álvarez, lamenta que Google confunda “deliberadamente a la opinión pública mezclando peticiones de Estados autoritarios y solicitudes de organismos independientes de la UE” en un informe de Transparencia.

Ni obsoletos ni falsos

La Agencia de Protección de Datos también rechaza demandas. Por ejemplo, el 25 de noviembre de 2011. Se alegaba que en los resultados de búsqueda de Google aparecen noticias publicadas por medios donde se encuentran sus datos, sin que haya dado su consentimiento previo, como imputado de una trama de corrupción. La Agencia desestima la petición porque "no se aprecia motivo legítimo y fundado que justifique el derecho de oposición, ya que se trata de un supuesto de relevancia pública en el que no se ha acreditado que los datos, y la información que estos proporcionan sean inexactos o hayan quedado obsoletos".

En otro caso similar, del 12 de julio, la agencia desestima el asunto por los mismos motivos que el anterior y recuerda que la "publicación de una noticia en la versión digital de un diario está amparado por la Constitución". Yahoo!, que también fue demandado, sí procedió a retirar los enlaces.

En la resolución del 29 de julio, el denunciante se quejaba de un enlace al boletín oficial de la provincia de Valladolid que, a instancias del Ayuntamiento de Nava del Rey, informaba de un proceso de selección de empleo donde aparecían sus datos personales. La agencia desestimó el caso porque todavía no se podía aplicar el llamado derecho al olvido. El proceso de selección no había terminado cuando se interpuso la denuncia en la que se pretendía cancelar los datos personales.

La petición de retirada del enlace de Google a una noticia publicada en la cadena Ser sobre el presidente de la Fundación Manos Tendidas, también fue rechazada. Lo mismo ocurrió en la resolución del 18 de julio con el enlace al Boletín Oficial del Estado (BOE) que publicaba las listas de la Junta Electoral Central donde aparecían los datos personales del denunciante. Finalmente, en las tres últimas resoluciones tampoco se aceptan las tesis del ciudadano. La primera era un anuncio público, la segunda una copia sin datos personales de un artículo del diario Abc y la tercera incumplía los requisitos formales.

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