Tropiezo de la ley sueca contra la piratería
El Supremo eleva una consulta al Tribunal Europeo sobre el deber de las operadoras de identificar al internauta sospechoso ante entidades privadas
La ley que persigue la piratería en Suecia (IPRED) y que ya es vigente en aquel país ha tenido un importante tropiezo judicial que puede congelar su aplicación. El Tribunal Supremo ha decidido enviar una cuestión prejudicial al Tribunal Europeo para que se pronuncie sobre la legalidad de uno de sus aspectos. Concretamente, el que obliga a los proveedores de acceso a Internet a identificar ante los titulares de derechos a las abonados sospechosos. Una de estas empresas, EPhone, acudió ante la corte suprema de su país para buscar amparo tras ser condenada por negarse a identificar a uno de sus clientes ante una asociación de editores. Ésta quería conocer la identidad de un internauta sospechoso de haberse descargado una importante cantidad de audiolibros, con obras de Stieg Larsson y Henning Mankell, entre otras. En primera instancia se dio la razón a los editores.
EPhone alega que la identidad de los abonados sospechosos no puede darse directamente a una asociación privada, únicamente podría darse a un juez. La Corte Suprema ha decidido consultar al tribunal europeo si la ley sueca, que lo permite, contraviene la directiva europea sobre la privacidad de las comunicaciones. La respuesta puede tardar dos años en llegar. Aunque otros proveedores de acceso han sido forzados por los tribunales a suministrar los datos requeridos por los demandantes, la realización de esta consulta puede permitir a las operadoras congelar su respuesta a la espera de una interpretación europea del polémico capítulo de la ley sueca.
Esta situación es irreproducible en otros países como, por ejemplo, Francia, donde los titulares de derechos deben esperar a la celebración del juicio para conocer la identidad del internauta a quien se habrán dirigido los avisos previos al corte de conexión.
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