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El juez que condenó a Juana Rivas se opone al indulto: “No se ha arrepentido”

La madre granadina cumple ya su condena de dos años y medio en su casa tras serle concedido el tercer grado

Caso Juana Rivas
Juana Rivas, a la salida del juzgado de Granada después de estar desaparecida durante un mes con sus hijos, en 2018.Fermín Rodríguez
Javier Arroyo

La petición de indulto de Juana Rivas ya tiene casi todos los informes preceptivos listos. A falta del escrito del Tribunal Supremo, el juez que sentenció en primera instancia a la madre granadina a cinco años de cárcel por sustracción de sus hijos, el fiscal y el abogado de Francesco Arcuri, el padre de los niños, han emitido por escrito ya su parecer sobre el indulto solicitado por los abogados de Rivas. Los tres son contrarios a su concesión. Mientras, Juana Rivas ya cumple los dos años y medio en los que quedó la pena tras su recurso al Tribunal Supremo en casa. Rivas ingresó el 11 de junio en un centro de inserción social y lo abandonó para cumplir el resto de condena en su hogar el 15 de ese mismo mes tras serle concedido el tercer grado.

Manuel Piñar, titular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, firmó este jueves su escrito de oposición al indulto y en él detalla una serie de razones para esa negativa. En su primer párrafo ya escribe que “no concurre ningún motivo excepcional que justifique la concesión de tal beneficio a Juana Rivas”. Y continúa con argumentos como que “la penada no se ha arrepentido” o, aunque no da detalles concretos, que “después de ser condenada en España, repite la misma conducta en Italia, dando muestra de una predisposición a infringir el precepto penal por el que fue condenada”.

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El juez insiste en que “por mucho que la penada manifieste que era objeto de malos tratos reiterados, ese hecho no ha sido validado por ningún tribunal” y que “ningún delito se ampara en la legitimidad de actuar por una causa noble, como viene reiterando la penada”. En los tres folios del escrito de Manuel Piñar solo aparece una línea positiva para Rivas. El escrito concluye afirmando que “el único dato favorable a la penada es que ha hecho efectiva la responsabilidad civil en su totalidad”.

El escrito del fiscal Valentín Ruiz, como el del juez, no es nada contemporizador con Juana Rivas y, sobre todo, con sus abogados. Gran parte de sus argumentos contrarios al indulto los basa Ruiz en defectos formales o de procedimiento en los documentos de la defensa de Rivas.

Juana Rivas, en el Juzgado de Granada en 2018.
Juana Rivas, en el Juzgado de Granada en 2018.EFE

El escrito entra también a valorar la actuación de Rivas antes y después de los hechos juzgados. El fiscal explica que Rivas “se colocó en rebeldía por las meras vías de hecho primero y de derecho después”, en referencia a la negativa a entregar a los menores y la desaparición con ellos durante un mes y a “infructuosos incidentes dilatando de forma indebida la ejecución de lo resuelto por el juzgado”. También dice que la actuación de Rivas ha incluido “vulnerar y hacer burla de los compromisos internacionales suscritos por España”. El fiscal, de hecho, asimila los hechos probados en la sentencia condenatoria con “la paradoja del gato de Schrödinger: un gato hipotético que puede estar simultáneamente vivo y muerto” para concluir que “el perdón debería ser rechazado”.

El fiscal, finalmente, se suma a los argumentos contra el indulto realizados por Enrique Zambrano, abogado de Arcuri. Este, como era de esperar, se muestra contrario a la concesión del indulto “en cualquiera de las modalidades a favor de la condenada Sra. Rivas”.

El caso Juana Rivas saltó a la luz pública el 26 de julio de 2017, cuando Rivas tenía la obligación legal de entregar sus dos hijos a Francesco Arcuri, quien se los llevaría de vuelta con él a su entonces residencia habitual en Italia. La madre no los entregó y estuvo ilocalizable durante un mes con los dos niños, que ahora tienen siete y 14 años. La sentencia del juez Piñar, dictada en julio de 2018, consideraba que había dos delitos de sustracción de menores, uno por cada hijo, lo que supuso 5 años de prisión. El Tribunal Supremo, recientemente, consideró los hechos como un único delito y bajó la pena a dos años. Además de ese delito de prisión, Rivas ha perdido la patria potestad durante seis años de ambos hijos y ha tenido que abonar 12.000 euros de indemnización.

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