León y Palencia, confinadas con la misma orden que Madrid, se exponen a que la justicia tumbe las medidas
La Junta está a la espera de que el Tribunal Superior de Justicia autonómico se pronuncie
Las ciudades de León (124.000 habitantes) y Palencia (78.000) se exponen, al igual que ha sucedido en Madrid, a que la justicia tumbe su confinamiento. La Junta de Castilla y León ordenó el cierre perimetral de las dos ciudades el pasado martes con la misma base jurídica que Madrid, esto es, la orden del Ministerio de Sanidad del 3 de septiembre que vio la luz después del acuerdo en el Consejo Interterritorial de Salud. El Gobierno castellanoleonés (PP y Ciudadanos) aplicó esa orden porque León cumplía con los requisitos de la misma por su elevado índice de contagios, y la extendió a Palencia a pesar de que no le correspondería por un criterio de prudencia. Ahora, la justicia podría también echar abajo estas medidas, si el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León sigue el mismo criterio jurídico que el madrileño.
Fuentes del Gobierno de Castilla y León han explicado a EL PAÍS que están a la espera de que el Tribunal Superior de Justicia autonómico resuelva en una decisión que debe ser inminente. De momento, en la Junta no van a adoptar nuevas decisiones hasta el pronunciamiento de la justicia, que no da por seguro que vaya a ser el mismo que el de Madrid. En todo caso, si el tribunal tumba el confinamiento de León y Palencia, las mismas fuentes aseguran que lo recurrirán y trabajarán con el Gobierno central para darle una nueva cobertura jurídica a la restricción de movilidad, que siguen creyendo necesaria para contener el virus.
El Boletín Oficial de Castilla y León publicó este martes 6 de octubre la orden de la Consejería de Sanidad autonómica que decretaba el cierre perimetral de ambas ciudades, basándose en la orden del Gobierno central. “El Ministerio de Sanidad, al amparo de lo previsto en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, ha comunicado a esta comunidad autónoma la Orden Ministerial de 30 de septiembre de 2020, mediante la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-CoV-2”, dice la orden publicada en el boletín oficial.
El problema es que la orden de Sanidad está amparada en una norma, la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, que según el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), en un auto de este jueves, “no contiene una habilitación legal para limitar derechos fundamentales”, como es restringir la movilidad a los ciudadanos. Por ese motivo, el TSJM ha tumbado el confinamiento perimetral en la capital y en otros nueve municipios de Madrid, al entender que las medidas impuestas por el Ministerio de Sanidad para frenar los contagios suponen “una injerencia en los derechos fundamentales sin habilitación legal que la ampare”.
Por lo tanto, si la orden de Sanidad no es conforme a derecho, eso arrastraría también el resto de órdenes autonómicas adoptadas en aplicación de esta, como la que afecta a León y Palencia. La decisión depende en última instancia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que podría seguir otro criterio distinto del TSJM, aunque si lo hiciera se agravaría todavía más el embrollo jurídico desatado con las nuevas restricciones. El Gobierno regional espera para mañana la decisión del tribunal, según las fuentes consultadas.
La decisión en principio no debería afectar al municipio de Miranda de Ebro (35.477 habitantes), confinado desde el pasado 26 de septiembre, porque la medida fue adoptada antes de que Sanidad decretara la orden cuestionada por la justicia madrileña.
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