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Los piropos y los silbidos ofensivos son libertad de expresión en Holanda

Un hombre, multado con 200 euros por importunar a unas mujeres, denunció al Ayuntamiento de Róterdam y la Corte de Apelación le da la razón

Isabel Ferrer
Cartel de una campaña contra el acoso del Ayuntamiento de Sevilla.
Cartel de una campaña contra el acoso del Ayuntamiento de Sevilla.

Los piropos y los silbidos ofensivos o de tinte sexual en espacios públicos forman parte de la libertad de expresión, protegida por la Constitución neerlandesa, y las normas municipales no pueden prohibirlos. Solo una ley aprobada por el Parlamento valdría para evitar este tipo de acoso verbal. Así se ha pronunciado este jueves la Corte de Apelación de la ciudad holandesa de La Haya, en un fallo que contradice las directivas dictadas en 2017 y 2018 por los Consistorios de Ámsterdam y Róterdam, para frenar la intimidación sexual de palabra en los Países Bajos. El año pasado, Everon el F., de 36 años, un vecino de la ciudad portuaria, fue el primer sancionado del país por importunar a un grupo de mujeres. Le impusieron una multa de 200 euros que queda ahora sin efecto.

La sentencia recién dictada en apelación emana del recorrido legal del caso de Everon el F. En 2018, la Fiscalía de Róterdam pidió 340 euros de multa porque, según quedó demostrado, persiguió en dos ocasiones a un grupo de jóvenes con frases como esta: “Hola, chicas. Sois muy guapas. ¿Qué hacéis? Cielo, ¿ya te vas? Preciosa, eres muy atractiva”. Luego se sentó a su lado y les lanzó besos con la mano. Las mujeres le denunciaron, y durante el juicio, él dijo que estaba soltero y “solo eran cumplidos sin mala intención; no sabía que fuera delito”.

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Los fiscales elevaron el caso a la Corte de Apelación de La Haya para asegurarse de que se sostenía legalmente. Los jueces han reconocido que “hubo acoso verbal y lanzamiento de besos”, pero “ambos encajan en la libertad de expresión, y la normativa municipal no fija de manera clara el límite entre un comportamiento aceptable y otro intolerable”. Esto último, añade el fallo, “es indispensable de acuerdo con la Convención Europea de Derechos Humanos”. La sentencia respeta “los deseos del Consistorio de Róterdam de luchar contra este tipo de ofensas”, pero añade que “solo el legislador, a escala nacional, está facultado para decidir algo así”.

Las dudas sobre la validez legal de una disposición municipal ya surgieron en Ámsterdam, en 2017, cuando el entonces alcalde, Eberhard van der Laan, anunció la prohibición del acoso verbal en público. Fue el primer Ayuntamiento del país en hacerlo, luego le siguió Róterdam, pero los asesores de Van der Laan tenían opiniones contrarias. El edil, fallecido ese mismo año, les preguntó si la interdicción podía chocar con la libertad de expresión y dos de ellos así lo afirmaron. Otro equipo jurídico señaló que una norma local “para sancionar la alteración del orden público resistiría la prueba de los tribunales”.

En caso de que las multas, que podían ascender hasta 4.100 euros, fueran recurridas, la decisión dependería de los jueces. Justo lo que ha sucedido ahora con el vecino de Róterdam. En origen, la prohibición de la capital holandesa se aprobó después de que un sondeo encargado por el Consistorio comprobara que el 59% de las mujeres —de una muestra de 1.000— había sufrido este acoso. Entre 15 y 34 años, 8 de cada 10 aseguraron haber sido objeto de insinuaciones y silbidos ofensivos, o bien recibido insultos si rechazaban los avances de desconocidos.

En mayo pasado, el ministro holandés de Justicia, Ferd Grappenhaus, dijo que quería incluir la intimidación sexual en público en el Código Penal. Según sus planes, las penas aplicables serían de hasta 3 meses de cárcel o bien, una multa de 2.000 euros

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