El violador múltiple de Málaga sale de prisión con un permiso en contra del criterio de la junta de Tratamiento
Es el quinto permiso que le concede el juez de vigilancia penitenciaria en un año
Entre 1997 y 2002, Juan Carlos Gómez Rubio violó a 13 mujeres y cometió 11 agresiones sexuales en grado de tentativa. Es lo que consideró probado en 2005 la Audiencia de Málaga, que condenó a este profesor de Educación Física a 271 años y medio de prisión. Solo debía cumplir el máximo posible con las leyes de aquel momento, es decir, 20 años. Hoy, tras algo más de 17 años preso puede disfrutar de un permiso domiciliario de seis días de la prisión de Albolote (Granada), donde ha estado recluido los últimos nueve años. Su salida se produce a pesar de los informes en contra de la junta de tratamiento de la cárcel, que fueron avalados por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, además de la oposición de la Fiscalía y de las víctimas.
Su destino durante estos días será Málaga, precisamente la ciudad en la que asaltaba a las mujeres, a las que no podrá acercarse porque Gómez Rubio cuenta con 18 órdenes de alejamiento. Estas le impiden estar a menos de 2.000 metros de las víctimas ni comunicarse con ellas en los 15 años posteriores a su salida de la cárcel. Las agresiones las realizaba principalmente en los domicilios de las agredidas, a los que accedía haciéndose pasar por fontanero, electricista o técnico del gas. Una vez dentro, las amenazaba con un arma blanca.
Este es el quinto permiso de salida del recluso, que ahora tiene 46 años. Viene disfrutándolos desde hace aproximadamente un año por decisión del juez de vigilancia penitenciaria. Es precisamente el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 5 de Andalucía, con sede en Granada, el que dispuso a comienzos del pasado mes de septiembre el pase a tercer grado del preso. Un cambio de régimen que aún no se ha producido porque las víctimas recurrieron dicha medida y Prisiones está a la espera de que el juez tome una decisión sobre el recurso.
La Audiencia de Málaga indicó en su sentencia de 2005 que los beneficios penitenciarios y el tiempo necesario para acceder a otros grados carcelarios se calcularan sobre el total de la condena, 271 años. Sin embargo, en 2017, justo cuando el violador cumplía las tres cuartas partes de condena efectiva -15 años- solicitó la aplicación del “régimen general de cumplimiento”. En octubre de ese año, el juzgado emitió un auto en el que afirmaba que el Código Penal permitía la aplicación de ese régimen general, aunque apuntaba que se haría “con pronóstico favorable de reinserción social y oyendo previamente al Ministerio Fiscal, las demás partes e Instituciones Penitenciarias”.
El juez escuchó la opinión de la junta de tratamiento de la prisión granadina de Albolote, al Ministerio Fiscal y a las víctimas. Todas dijeron estar en contra de la concesión de los permisos. Más tarde, el tribunal analizó detenidamente los informes de la cárcel y, finalmente, el juez de vigilancia penitenciaria publicó un auto en el que permitía la aplicación del régimen general. En el documento explicaba que “el penado está participando en un programa de control de impulsos sexuales” y que “ha observado muy buena conducta”. También que tiene el “apoyo incondicional de su familia” y que “su entorno familiar de origen se encuentra normalizado y es vinculante”. Y aunque reconocía la “extrema gravedad” de los delitos perpetrados por Rubio, consideraba que ello no impedía el acceso a “beneficios penitenciarios, permisos de salida, progresiones en grado y acceso a la libertad condicional”. “Existe un bajo riesgo de reincidencia”, concluía el juez, que otorgaba así el régimen general de cumplimiento. En la práctica, su decisión deroga parcialmente la sentencia donde se indicaba que los beneficios penitenciarios se hicieran sobre los 271 años.
A principios de este año, el preso solicitó el paso al tercer grado, régimen que le permitiría salir de la prisión granadina para ir a un centro de inserción social (CIS). Y aunque la cárcel emitió un informe contrario, el juez concedió el tercer grado tras tomar en cuenta el recurso interpuesto por el violador en serie. La decisión está recurrida por las víctimas y por ello Gómez Rubio sigue en segundo grado. En el caso de que el juez tampoco tenga en cuenta los argumentos de las mujeres, el interno pasaría a un CIS donde la junta de tratamiento decidirá cuánto tiempo estará sin salir a la calle y cuándo puede pasar algunas horas fuera e incluso trabajar en el exterior. En cualquier caso, salvo nuevas decisiones, el violador recuperará su libertad en el año 2022.
De las 24 agresiones sexuales cometidas, 13 fueron efectivamente realizadas y 11 lo fueron en grado de tentativa porque las víctimas consiguieron evitarlo. Gómez Rubio también fue condenado por dos delitos de robo con intimidación, dos de lesiones, cinco de amenazas condicionales y tres faltas de lesiones. Tuvo que pagar una indemnización que superaba los 800.000 euros, aunque no ha sido posible conocer si la ha hecho efectiva. La sentencia no estableció ningún responsable civil subsidiario que se hiciera cargo en caso de impago.
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