Los jueces contarán con un asesor confidencial para denunciar acosos
El CGPJ trabaja en un portocolo de actuación frente al hostigamiento sexual y por discriminación

El contacto físico innecesario, el uso de imágenes pornográficas, los gestos obscenos, la demanda de favores sexuales, las agresiones físicas... Estos son algunos de los comportamientos que recoge el protocolo de actuación frente al acoso sexual y por discriminación que prepara el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El órgano de gobierno de los jueces adopta, así, una política de "tolerancia cero" hacia las conductas hostiles y violentas dentro de la carrera judicial, independientemente del puesto que ocupe la víctima o su acosador.
Con este propósito, el CGPJ creará la figura del "asesor o asesora confidencial". Estas personas —jueces titulares en activo dentro de su ámbito territorial— serán las encargadas de tramitar las quejas, asesorar a la presunta víctima en la redacción de denuncias y apoyarla en aquellas medidas encaminadas a rehacer su vida: concesión de licencias y permisos, cursos de formación, exámenes médicos, asistencia sanitaria, etcétera.
El Protocolo, incluido en el Plan de Igualdad de la Carrera Judicial —aprobado en febrero de 2013—, establece las medidas dirigidas a prevenir situaciones de acoso o violencia laboral, así como los trámites a seguir en caso de denuncia y la posterior recuperación (tanto a nivel personal como profesional) de las víctimas. En su borrador, el CGPJ estudia incluir en el listado de conductas reprobables los comentarios sexistas, racistas o contrarios a la libertad religiosa, así como los comportamientos hostiles hacia quienes ejerciten su derecho a la conciliación familiar.
A priori, la intención del CGPJ es resolver estas cuestiones dentro del propio órgano, lo que se denomina "procedimiento informal de solución", un instrumento para resolver las quejas de forma rápida y privada sin necesidad de abrir un proceso judicial. No es la primera institución que recurre a la mediación antes acudir a los tribunales. Cuando los hechos no puedan resolverse a través de este sistema, la presunta víctima podrá dirigirse a los órganos competentes e inicar un procedimiento disciplinario formal.
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