Profesores a medida
Los directores de escuela catalanes podrán elegir a parte de los docentes para ajustar los perfiles a su proyecto educativo La medida puede mejorar la calidad pero exige controles y transparencia
Los directores de escuelas e institutos en Cataluña ejercerán de jefes de personal y podrán seleccionar hasta la mitad de su plantilla. El Gobierno catalán aprobó el martes un decreto que da más poder a los directores de centros educativos públicos a la hora de formar su equipo docente, de manera que podrán decidir el perfil de profesor más acorde con su proyecto educativo cuando deban cubrir las vacantes que se generen —ya sea por jubilación, enfermedad, traslado...—. La medida ha abierto una fuerte brecha que coloca a los directores y la Administración a un lado, desde el que defienden la mejora que aportará el poder elegir a los docentes más idóneos en cada caso; al otro lado se sitúan los sindicatos de profesores, que alertan de los riesgos de “enchufismo” y “amiguismo” que puede generar.
Se trata, en todo caso, de una reforma normativa pionera en España, aunque no en Europa, que rompe con la tradicional asignación de plazas a profesores interinos y sustitutos. Actualmente, este colectivo forma parte de una bolsa ordenada sobre todo por los años de experiencia, así que cuando se produce una vacante el que tiene más puntos para ser llamado es el que ha pasado más horas en el aula. El decreto catalán da un vuelco a este sistema y permite escoger a los interinos según su perfil y currículo. “Desarrollamos una nueva política de recursos humanos, de gestión del talento. En la Administración pública hay mucho talento, pero falta el principio de idoneidad, que el mejor aspirante ocupe el puesto donde más se le necesita”, justificó la consejera de Enseñanza, Irene Rigau.
“El maestro da la calidad. Hay que coger a los mejores”, dice un director
Según la nueva normativa catalana, conocida como “decreto de plantillas” y que se empezará a aplicar el próximo curso, cuando se produzca una vacante el director podrá cubrirla o bien con el sistema tradicional o bien abriendo un proceso de selección. En este caso, enviará la petición a la Generalitat detallando el perfil que necesita y la Administración le propondrá una lista de 20 candidatos de la bolsa de interinos que cumplan los requisitos, sea cual sea su experiencia. El director, entonces, deberá realizar al menos tres entrevistas a aspirantes y adjudicará la plaza.
Un ensayo pedagógico
El decreto de plantillas aprobado recientemente en Cataluña por los órganos competentes representa una buena ocasión para reflexionar sobre los principios pedagógicos que subyacen en la reforma que se anuncia. Dejo constancia de que mi conocimiento de la nueva norma es limitado, y que solo se apoya en las referencias de prensa que hasta el momento se han publicado.
En mi opinión, la idea central que transita en el nuevo texto legal obliga al legislador a plantearse el concepto de autonomía que se quiere otorgar a los colegios e institutos públicos. Pero es que la autonomía no es un término inocuo, sino que, desarrollado en plenitud, termina afectando a todos los escenarios de la vida institucional (económico, administrativo, selección del profesorado, determinación y jerarquización de los equipos directivos, formalización de un currículo, y otros). No parece, en principio, que todos estos aspectos aparezcan reflejados en la reforma recién aprobada. Más bien se hace hincapié en la posibilidad, novedosa bien es cierto, de que una parte del profesorado puede ser reclutado por el centro, basándose en sus rasgos curriculares y a las exigencias y necesidades del proyecto pedagógico que se apruebe por el equipo de responsables.
Pero un centro educativo es como una máquina que debe funcionar coordinadamente entre todas sus partes para que una nueva modificación no desvirtúe las necesidades del conjunto. Es decir, tal vez los criterios que se anuncian terminen aportando mayor agilidad funcional para la vida de las instituciones, pero es indudable que abrirán otros frentes de duda referidos al resto del profesorado, a la función directiva —el director se define como el “jefe de todo el personal”—, a los principios rectores que habrán de inspirar los futuros perfiles y a los procesos de selección. Por no hablar de otros frentes que se atisban como posibles, entre los cuales destaco la profesionalización efectiva del director, la presencia difusa de nuevas formas de control o la aparición de clientelismos científicos, académicos o ideológicos.
Tampoco es desdeñable la hipótesis de que el proyecto aprobado represente el principio del fin de la funcionarización docente con todos los efectos que una maniobra de esta naturaleza lleva consigo. Entre ellos destaco la precarización en el empleo y los contratos de corto recorrido, todo ello fundamentado en las necesidades “inaplazables” de la actualización de los contenidos.
En fin, se trata de una iniciativa, de momento, opcional, que habla de unos porcentajes de aplicación limitados pero que naturalmente pueden ser aumentados según la voluntad del legislador. Creo, en síntesis, que se trata de una vía exploratoria de reforma, un ensayo pedagógico digno de tenerse en cuenta, pero que necesita de un cierto tiempo para emitir una valoración más definitiva.
Antonio Molero Pintado es catedrático de Universidad de Teoría e Historia de la Educación.
“La calidad educativa la da el profesor en el aula, así que es importante poder seleccionar a los mejores profesores”, sentencia Juanjo Garcia, presidente de la Asociación de Directores de la Educación Pública de Cataluña. Este punto es aplaudido por los expertos y la mayoría de directores, aunque en algunos despierta recelos, como Carme Martínez, que dirige la escuela Artur Martorell de Badalona. “Una cosa es que puedan participar en la selección, pero otra muy diferente es hacerla y poner hasta nombre y apellidos”. La directora considera que “se rompe el principio de igualdad” y ello puede generar una oleada de recursos por parte de los docentes. “Muchos se preguntarán ¿y a mí por qué no me han escogido? Y esto puede ralentizar el proceso, aumentar la burocracia y crear un colapso del sistema”.
A Víctor Córdoba, profesor interino de Educación Física en una escuela de Calonge (Girona), no le gusta nada que se cambie la prioridad en el nombramiento de sustitutos. “Te pueden pasar por delante recién titulados con mención en inglés, aunque estos no tengan experiencia. Pero no todo es titulitis, un profesor también debe saber estar en clase y manejarla y eso consigue pasando horas en el aula” defiende el docente.
La medida afecta solo a los profesores interinos sustitutos, que representan un tercio del total de 64.000 docentes en activo en Cataluña —en toda España los interinos suponen el 10% del total de 664.000—, pero no a los funcionarios, que consiguen su plaza vía oposiciones. Además, existe otra limitación: los directores solo podrán utilizar este método de selección para nombrar hasta el 50% de la plantilla de su centro. Eso sí, este máximo desaparece en las escuelas con más dificultades por su tipología de alumno y ubicación en entornos depauperados.
El colegio Andersen de Vic (Barcelona) es uno de estos centros. Con un 24% del alumnado de origen extranjero, hace ocho años puso en marcha un plan de autonomía para centrar los esfuerzos en proyectos para gestionar la diversidad o fomentar la inclusión del alumnado. “Puedes tener un proyecto, pero a veces te estrellas cuando te encuentras con un profesor sin voluntad o con pocas ganas de trabajar en una línea concreta”, se queja el director Ramon Sitjà.
Pero esta reforma hace años que mantiene a los sindicatos en pie de guerra, ya que el decreto despliega el apartado de la Ley de Educación de Cataluña de 2009 en lo referente a las competencias de los directores. Los sindicatos consideran que crea “un sistema jerárquico”, “arbitrario" en cuanto a la valoración que se hará de la entrevista personal y que fomenta el “amiguismo” y la “digitocracia”. Además, defienden que los puestos de trabajo públicos “deben ser regidos por un control, transparencia y objetividad”.
Los directores y expertos consultados admiten que el riesgo de enchufismo existe, pero contestan que solo si la nueva normativa “se sabe llevar bien funcionará” y, especialmente, si se establecen mecanismos de control y rendición de cuentas, que ya contempla el decreto catalán.
Estos mecanismos son los que aplican los países europeos que han aparcado el funcionariado y donde son los directores los que eligen el profesorado, como Reino Unido, Países Bajos o los países nórdicos, entre otros. Según explica Francesc Pedró, director de desarrollo docente y políticas educativas de la Unesco, en estos países los directores proponen una contratación y la deben justificar. La solicitud es evaluada por una junta (formada por el Gobierno local en los países nórdicos y por toda la comunidad educativa en los anglosajones), aunque también hay rendición de cuentas posterior. “El director vigila lo que hacen los profesores, pero alguien debe mirar qué hace el director”, remacha. “También hay un elemento de tradición cultural. En un país nórdico nadie entrevistaría a un pariente. Hay más cultura de la transparencia y ello reduce amiguismo y nepotismo”, añade.
En Reino Unido o los países nórdicos ya se aplica la contratación abierta de docentes
“Tenemos directores que no dirigen porque no tienen mecanismos reales para gestionar los centros, profesores que no son evaluados ni rinden cuentas y un mecanismo burocrático de asignación del profesorado. Esta es una combinación que contribuye a que los centros se hunda”, resume Mariano Fernández Enguita, catedrático de Sociología en la Universidad Complutense de Madrid. El experto se alinea con los argumentos de la Generalitat y de los directores para defender la propuesta catalana, en tanto que permite que los directores puedan desarrollar sus planes al contar con el apoyo y la complicidad de su plantilla. “Imaginemos el caso de que un profesor quiera ir por su cuenta, dejando de lado al director. Es como si en una empresa un trabajador fuera a la suya y no siguiera las directrices de sus superiores”, ejemplifica el experto.
Algunos directores ven otras bondades al decreto, como el hecho de poder renovar a los interinos que ya trabajan en el centro durante el curso. “Si tienes un sustituto que funciona, que gusta a las familias, ¿por qué no vas a poder pedir que vuelva a la escuela?”, se pregunta Xavier Vidal del colegio L‘Arjau de Vilanova i la Geltrú (Barcelona). En este sentido, Ismael Palacín, presidente de la Fundación Jaume Bofill, especializado en temas educativos, apunta que una de las lacras de la escuela pública es precisamente la rotación de profesorado y considera que si se logra un buen encaje entre direcciones y docentes, se reducirá la movilidad y la rotación.
Los expertos piden controles para que un centro no se convierta en un cortijo
En tanto que una de las llaves del éxito del sistema está en manos del director, los expertos reclaman que estos sean profesionales bien preparados. “Un simple cambio normativo no genera en los individuos la capacidad para gestionarlo adecuadamente. Así que hay que preguntarse sobre qué capacidades y habilidades tiene el profesor” incide Francesc Pedró. Hacia la senda de la meritocracia se empezó a caminar hace una década, cuando los directores dejaron de ser elegidos por el claustro del profesorado a participar en un concurso de méritos abierto a docentes de otros centros. El proceso incluye la presentación del proyecto educativo por parte del candidato, que es valorado y votado por una comisión formada por la inspección, docentes, la Administración y miembros del Consejo Escolar.
Este sistema, que a priori presenta muchas bondades fracasó en la Comunidad de Madrid, donde la Administración tenía mayoría en dichas comisiones de valoración. José Antonio Martínez, presidente de la Asociación Estatal de Directores de Instituto pone este caso como ejemplo para alertar de que toda medida con buena intención puede convertirse en un arma de doble filo. “El proceso debe ser muy transparente. No puede ser que a un centro llegue un director y haga su cortijo”, sentencia.
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